Desde mañana rige último cronograma para declarar el IR 2019. Asimismo, en el punto 2 del indicado resultado de requerimiento señaló que el Registro de Compras fue presentado el 16 y 17 de enero de 2017, lo que evidenciaba que las operaciones contenidas en este habían sido anotadas con fecha posterior a la fecha en que se le requirió exhibir y/o presentar el Registro de Compras por los períodos fiscalizados mediante el Requerimiento N° XXXXXXXX, notificado el 30 de noviembre de 2016, por lo que no le correspondía deducir el referido crédito fiscal. La definición del concepto de “casa habitación” señalada en el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta no excede lo dispuesto en la Ley. Las declaraciones juradas de pérdida … Que más aún, tal como lo ha resaltado la Administración en la apelada, la propia recurrente en sus recursos impugnativos (fojas 644 y 645 y 734) sostiene que dicha persona es un profesional que le presta servicios de contabilidad de forma independiente, dedicándose, entre otros, a la preparación de las declaraciones juradas de impuestos y la administración de libros contables, esto es, reconoce que dicha persona guarda relación con ella. Informe N° 028-2018-SUNAT/7T0000. 1.- CONFIRMAR la Resolución de Intendencia N° XXXXXXXX de 31 de julio de 2017. WebUna declaración jurada de pérdida es un documento legal en el que alguien declara que se ha perdido un documento original de alguna forma. DECLARACIÓN JURADA RESPONSABLE SOBRE PÉRDIDA DEL CERTIFICADO DEFINITIVO. Anticipo devolución impuesto a la renta año tributario 2020; Bonificación ahorro previsional voluntario; Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia (APA) Si la copia perdida aparece después de que el propietario haya recibido una garantía de reemplazo, el registro original debe enviarse a la empresa para su eliminación. Las licencias de matrimonio perdidas pueden requerir un documento de este tipo. WebEl proceso de tu solicitud será procesado en un plazo máximo de 3 días hábiles y, una vez pasado este tiempo, deberás sacar una cita en la misma plataforma para recoger el … ¿Qué es una declaración jurada de pérdidas? COMPENDIO. organización Haga clic aquí para escribir texto. declaró bajo fe de juramento que la firma estampada en el documento que antecede es la Una declaración jurada de pérdida es un documento que declara la pérdida de un valor, generalmente por robo o destrucción. Que las resoluciones de multa (fojas 581 y 599 a 610), fueron giradas por la infracción tipificada por el numeral 1 del artículo 178° del Código Tributario, vinculadas con la determinación del Impuesto General a las Ventas de abril de 2015 a marzo de 2016. A continuación, compartimos el contenido de la Resolución del Tribunal Fiscal N° 02708-8-2020 : EXPEDIENTE Nº: 12608-2017 WebFormato. En caso la anotación se realice en una hoja distinta a las señaladas en el párrafo anterior, el adquirente perderá el derecho al crédito fiscal pudiendo contabilizar el correspondiente impuesto como gasto o costo para efecto del Impuesto a la Renta. De comprobarse la falsedad declaro … La denuncia policial por pérdida o extravío de documentos presentada luego del inicio de la fiscalización no constituye prueba fehaciente para acreditar tal hecho. clic aquí para escribir texto. Formularios. Si el registro es robado, extraviado o borrado, el propietario debe jurar una declaración jurada relacionada con la pérdida del artículo. Esa información puede incluir un número de serie o la fecha de emisión del título. ASUNTO: Impuesto General a las Ventas y Multas Webuna declaración jurada de nota perdida se archiva cuando se destruye o pierde un pagaré u otro registro de deuda. Que sobre el particular, se debe indicar que se ha identificado pronunciamientos de este Tribunal, cumpliendo los parámetros establecidos por el artículo 154° del Código Tributario y el Decreto Supremo N° 206-2012-EF, como es el caso de las Resoluciones N° 03172-5-2018, 03910-3-2018, 06661-9-2018, 09867-4-2018, 08044-1-2019, 08595-102019, 03526-2-2019 y 01000-8-2019, emitidas por las Salas de Tributos Internos 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9 y 10, en el sentido que la denuncia policial por pérdida o extravío de documentos presentada luego del inicio de la fiscalización no constituye prueba fehaciente para acreditar tal hecho. No procede la inscripción de una asociación sin fines de lucro en el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta si no se señala expresamente en su estatuto que la asistencia social será brindada a personas en estado de necesidad y de forma gratuita. 29 de diciembre de 2021. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Contáctenos al 987527476 y al e-mail: carrillo.m@gmail.com. Invoca las Sentencias del Tribunal Constitucional recaídas en los Expediente N° XXXXXXXXXXXXXXX y cita doctrina sobre la motivación. Sobre el particular, debemos indicar que el Tribunal Fiscal en algunas resoluciones había señalado que en tanto el reglamento del Procedimiento de Fiscalización Tributaria, y el Código Tributario, no han previsto un plazo límite para comunicar la pérdida o extravío de documentos, resultaba válido que los contribuyentes comuniquen la pérdida de dichos documentos incluso cuando el procedimiento de fiscalización tributaria, se ha iniciado, situación que se sustentaba en una interpretación literal; sin embargo, resulta poco creible o fehaciente que iniciado un procedimiento de fiscalización tributaria en el cual la Administración Tributaria efectúa la determinación de la obligación tributaria de un periodo anterior, los contribuyentes soliciten prórroga alegando la pérdida o extravío de documentos con denuncia policial de fecha posterior al inicio de la fiscalización, con la intención de rehacer la documentación y evitar alguna sanción tributaria. declaro bajo fe de juramento lo siguiente: PRIMERO: Que se nos ha perdido el Por ejemplo, el título, el registro o las placas de un vehículo podrían destruirse, robarse o sacarse a la superficie en la medida en que ya no puedan utilizarse. Que al respecto, mediante los puntos 2 y 4 del Requerimiento N° XXXXXXXX (foja 188), la Administración solicitó a la recurrente que presentara y/o exhibiera diversa documentación correspondiente a los períodos fiscalizados, entre otros, Libros y Registros exigidos, Libro de Caja y Bancos, Libro Diario, Libro Mayor, Libro de Inventarios, Registro de Ventas e ingresos, Registro de Compras. Acto No. Qué hacer ante su notificación? Comprensión de la declaración jurada de pérdida, La diferencia entre mercados emergentes y fronterizos, Las 10 empresas mineras más grandes de Canadá. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Title: DECLARACION JURADA DE PÉRDIDA DE PASAPORTE Author: … DECLARACIÓN JURADA DE PÉRDIDA O ROBO DE TARJETA DE. WebCorregir o rectificar declaración; Consulta y seguimiento; Asistentes para cálculos; Declaración jurada simple de cesión de beneficio de crédito por gastos en educación, art.55ter. Nulidad en el procedimiento de fiscalización. Que al haberse acreditado la comisión de la infracción tipificada por el numeral 1 del artículo 177° del Código Tributario sin la subsanación correspondiente, procede confirmar la apelada en este extremo. Que la Resolución de Multa N° XXXXXXXXXX fue girada por la infracción tipificada por el numeral 5 del artículo 177° del Código Tributario (foja 597). Que el numeral 5 del artículo 177° del Código Tributario, prevé que constituye infracción el no proporcionar la información o documentos que sean requeridos por la Administración sobre sus actividades o las de terceros con los que guarde relación o proporcionarla sin observar la forma, plazos y condiciones que establezca la Administración Tributaria. El emisor de valores requiere una declaración jurada para asegurar al titular o reemplazar el certificado. Que el numeral 7.1 del artículo 7° de la referida resolución de superintendencia, modificado por Resolución de Superintendencia N° 379-2013/SUNAT, señala que para generar los libros y/o registros electrónicos así como para registrar en ellos las actividades u operaciones del mes o ejercicio de la afiliación o de la incorporación al Sistema, según sea el caso, y por los meses o ejercicios siguientes, el “Generador” utilizará el PLE y enviará el Resumen del Libro y/o Registro teniendo en cuenta los plazos establecidos en el Anexo N° 2 de la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT y normas modificatorias y, respecto del Registro de Ventas e Ingresos y Registro de Compras Electrónico, aquellos que la SUNAT establezca mediante resolución de superintendencia. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. Notificados el 30 de noviembre de 2016 (fojas 189 y 194), en el domicilio fiscal de la recurrente conforme se verifica del Comprobante de Información Registrada (foja 755), mediante acuse de recibo, de acuerdo con el inciso a) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, que dispone que la notificación de los actos administrativos se realizará por correo certificado o por mensajero, en el domicilio fiscal, con acuse de recibo o con certificación de la negativa a la recepción efectuada por el encargado de la diligencia, y que el acuse de recibo debe contener, como mínimo: (i) Apellidos y nombres, denominación o razón social del deudor tributario, (ii) Número de RUC del deudor tributario o número del documento de identificación que corresponda, (iii) Número de documento que se notifica, (iv) Nombre de quien recibe la notificación, así como la firma o la constancia de la negativa, y (v) Fecha en que se realiza la notificación. Que en el punto 1 del Resultado del Requerimiento N° XXXXXXXX (fojas 175 y 176), la Administración dio cuenta que la recurrente presentó el Registro de Compras a través del Programa de Libros Electrónicos, no obstante, no presentó los archivos en formato texto (txt), así como las constancia de recepción (archivo xple) del PLE, ni copia de la base de datos de los demás libros y registros contables. Asimismo, el derecho al crédito fiscal debe ser ejercido en el período al que corresponda la hoja del citado registro en la que se hubiese anotado el comprobante de pago, la nota de débito, la copia autenticada por el agente de aduanas o por el fedatario de la aduana de los documentos emitidos por la Administración Tributaria o el formulario donde conste el pago del impuesto en la utilización de servicios prestados por no domiciliados, es decir, en el periodo en que se efectuó la anotación’’. ¿Cómo leo y analizo un estado de resultados? ; Resolución N° 05421-8-2015. Que como consecuencia del citado procedimiento, la Administración procedió a emitir las Resoluciones de Determinación N° XXXXXXXXXX a XXXXXXXXXX, por el Impuesto General a las Ventas de abril de 2015 a marzo de 2016 (fojas 582 a 596), así como las Resoluciones de Multa N° XXXXXXXXXX a XXXXXXXXXX (fojas 581 y 597 a 610), emitidas por la infracciones tipificadas por el numeral 1 del artículo 178° y los numerales 1 y 5 del artículo 177° del Código Tributario. Que es pertinente indicar que la recurrente alega que al habérsele extraviado los registros contables solicitados, lo cual fue objeto de una denuncia policial, no se le puede sancionar por su falta de exhibición. En la ciudad de motivo por el cual ha de conferírsele carácter de autenticidad a la misma. Las declaraciones juradas o pérdidas son comúnmente requeridas por las aseguradoras. WebPresento este documento a fin de que el Consulado General del Perú en Buenos ... de 2006-----Firma. La declaración Jurada tendrá efectos tritutrarios a partir del ejercicio fiscal siguiente de aquel en que fuera presentada. matriculado en el Colegio Dominicano de Notarios bajo el número, Declaración jurada simple de cesión de beneficio de crédito por gastos en educación, art.55ter. WebCorregir o rectificar declaración; Consulta y seguimiento; Asistentes para cálculos; Declaración jurada simple de cesión de beneficio de crédito por gastos en educación, art.55ter. Que siendo ello así, este Tribunal, siguiendo el procedimiento correspondiente, mediante Acuerdo de Reunión de Sala Plena N° 2020-05 de 12 de marzo de 2020, dispuso que el siguiente criterio es recurrente según lo dispuesto por el artículo 154° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133- 2013-EF, modificado por Ley N° 30264: “La denuncia policial por pérdida o extravío de documentos presentada luego del inicio de la fiscalización no constituye prueba fehaciente para acreditar tal hecho. Siempre existe la posibilidad de que se pierda un registro físico de un valor, como un certificado de acciones. Este Declaración constituye una obligación Trbutaria que debe ser efectuada por el Administrado en caso sufriera el Hurto o Robo de su Vehículo afecto al Impuesto al Patrimonio Vehicular . Una declaración jurada de pérdida es un documento que confirma que una garantía, como un certificado de acciones, se pierde o se destruye. Algunos requieren que se anote una declaración jurada de pérdida. Este tipo de declaración jurada incluiría el nombre del deudor, el saldo pendiente, la tasa de interés de la deuda, detalles sobre el historial de pagos y la lista de cualquier propiedad que se puso como garantía. Este tipo de declaración jurada incluiría el nombre del deudor, … __________________________________________________________, cuyas generales constan, quien me FECHA: Lima, 13 de marzo de 2020. Algunos requieren que una declaración jurada de pérdida sea notariada. Que el informe oral solicitado se llevó a cabo con la presencia de los representantes de ambas partes, tal como consta a foja 789. Que mediante Resolución de Superintendencia N° 066-2013/SUNAT se creó el sistema de llevado del Registro de Ventas e Ingresos y Registro de Compras de manera electrónica en SUNAT – Operaciones en Línea, estableciendo en el inciso i) del artículo 1° como definición de “Registro de Compras Electrónico” a aquél a que se refiere el artículo 37° de la Ley del Impuesto General a las Ventas y el artículo 65° de la Ley del Impuesto a la Renta generado en formato digital a través del Sistema y que contendrá el mecanismo de seguridad, en el cual se anotaran las adquisiciones que realice el Generador y que se regirá conforme a lo dispuesto en dicha resolución. Que agrega que a pesar de estar al día en sus obligaciones sustantivas, no se percató de algunos errores formales. Resolución de Observancia Obligatoria del Tribunal Fiscal N° 02708-8-2020. Dominicana, a los Haga clic aquí para escribir texto. Por el futuro de todos. Que asimismo, en las Resoluciones N° 05319-1-2007 y 00835-10-2012 se ha señalado que la infracción tipificada en el numeral 5 del citado artículo 177° está referida a información o documentación que los contribuyentes se encuentren obligados a preparar ante una solicitud de información de la Administración, supuesto distinto al previsto en el numeral 1 del mismo artículo, relativo al incumplimiento en la exhibición de libros, registros y otros documentos que los contribuyentes se encuentran obligados a llevar o mantener en virtud de normas expresas. Por lo tanto, dicha denuncia no justifica el incumplimiento del sujeto fiscalizado de presentar y/o exhibir la documentación requerida en la fiscalización. De comprobarse la falsedad declaro haber incurrido en el delito contra la Fe Pública, Falsificación de Documentos (Art. WebCorregir o rectificar declaración; Consulta y seguimiento; Asistentes para cálculos; Declaración jurada simple de cesión de beneficio de crédito por gastos en educación, art.55ter. Anticipo devolución impuesto a la renta año tributario 2020; Bonificación ahorro previsional voluntario; Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia (APA) WebDECLARACIÓN DE EXTRAVÍO D. / Dña._____ con DNI / NIE _____, DECLARA haber extraviado la documentación Los comprobantes de pago, notas de débito y los documentos de atribución a que alude el octavo párrafo del artículo 19 de la Ley deberán ser anotados en el Registro de Compras en las hojas que correspondan al mes de su emisión o en las que correspondan a los 12 meses siguientes. escribir texto., mayor de edad, estado civil , portador del documento, de identidad núm. Si el registro es robado, extraviado o destruido, el propietario debe jurar una declaración jurada relacionada con la pérdida del artículo. Por tu futuro. Que de acuerdo con las normas citadas, se entenderá que los comprobantes de pago han sido anotados en el Registro de Compras Electrónico con la información que al respecto sea brindada con ocasión de la generación del indicado registro a través del Programa de Libros Electrónicos (PLE) y sea enviada a la Administración. Declaración jurada de residir en la dirección antes indicada, … Informe N.° 029-2016-SUNAT/5D0000, SUNAT ratifica que la exoneración del IGV señalada en la Ley de la Amazonía se encuentra vigente y es aplicable a los contribuyentes ubicados en dicha zona. Asesoría tributaria. Una vez hecha la declaración, se puede emitir una carta de indemnización solicitando el reemplazo del valor. Sunat reduce en 100% las multas a mypes que no presentaron su declaración jurada a tiempo, Se permite sustentar el costo o gasto y/o crédito fiscal respecto de una factura emitida que no cuenta con el tercer ejemplar (factura negociable) si se emitió antes de las fechas señaladas por SUNAT para su baja y ésta es pagada con posterioridad por el adquirente. WebAutorización de documentos tributarios; Factura electrónica; ... Dar aviso de pérdida y/o recuperación de cédula de identidad; ... Declaración jurada simple de cesión de beneficio de crédito por gastos en educación, art.55ter. Balotario de 75 preguntas y respuestas para el Examen de Conocimientos- CAT SUNAT, Establecen Cronograma de Vencimiento para la presentación del DAOT del ejercicio 2015 o “Constancia de no tener inforamción a declarar del 2015” y modifican Reglamento del DAOT – Resolución de Superintendencia N° 036-2016/SUNAT, Conferencia video: Desarrollo de balotario de preguntas frecuentes para exámenes SUNAT. Que en el punto 4 del Resultado del Requerimiento N° XXXXXXXXX (fojas 185 y 186), la Administración dejó constancia que el 16 de diciembre de 2016 se presentó al domicilio fiscal de la recurrente; no obstante, aquella no cumplió con presentar y/o exhibir lo solicitado. Tan pronto como alguien reconozca que un valor ha desaparecido, debe presentar una declaración jurada de pérdida. Las licencias de matrimonio perdidas pueden requerir tal documento. Que mediante la Resolución del Tribunal Fiscal N° 01580-5-2009, que constituye precedente de observancia obligatoria se ha establecido que “La anotación de operaciones en el Registro de Compras debe realizarse dentro de los plazos establecidos por el artículo 2° de la Ley N° 29215. Se puede presentar una declaración jurada de pérdida para otros tipos de documentos, como los relacionados con la propiedad de una casa, un pasaporte, un diploma o incluso una tarjeta de cajero automático. DECLARACION JURADA DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO. Anuncio RÉGIMEN DE PÉRDIDA DE PREFERENCIA ARANCELARIA ... que exima de responsabilidad, a los efectos de lo dispuesto por este régimen (Decreto 367/011, artículo 4). En este caso, en la resolución correspondiente el Tribunal Fiscal señalará que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria y dispondrá la publicación de su texto en el diario oficial. El propietario o titular de un título debe proporcionar información como la marca, el modelo y el número de identificación del vehículo al que se refieren los documentos faltantes. Actividad 1.2 Reflexión sobre las computadoras, sus características y aplicación en su área de estudio. Tribunal Fiscal emite jurisprudencia de observancia obligatoria referida a los requerimientos emitidos en el procedimiento de fiscalización tributaria cuyo cierre se efectúa con fecha posterior a la señalada en los mismos. Que asimismo, el artículo 6° de la aludida resolución de superintendencia, modificado por la Resolución de Superintendencia N° 379-201 3/sUnAT, dispuso, entre otros, que los plazos máximos de atraso se sujetarían a lo dispuesto en el cronograma que para tal efecto apruebe la SUNAT y que la generación de los registros electrónicos o la anotación de operaciones en los mismos respecto de un periodo solo podrá realizarse en una única oportunidad, siendo que el sistema no permitirá una nueva utilización de las opciones de generación o anotación respecto de un período por el que fueron utilizadas. Por ello, con el criterio jurisprudencial contenido en la Resolución N° 02708-8-2020, se pone en evidencia que el Tribunal Fiscal ha optado por una interpretación lógica de las normas, al concluir que no constituye prueba fehaciente la denuncia policial por pérdida o extravío de documentos presentada luego del inicio de la fiscalización, siendo que dicha denuncia policial no justifica el incumplimiento del sujeto fiscalizado de presentar y/o exhibir la documentación requerida en la fiscalización. Tiempo de duración del proceso.-Por lo regular, la Jurisdicción inmobiliaria para la entrega del nuevo duplicado por pérdida da un tiempo estimado de 45 a 60 días. Que de otro lado, mediante Resolución de Superintendencia N° XXXXXXXX, se dictaron disposiciones para la implementación del llevado de determinados libros y registros vinculados a asuntos tributarios de manera electrónica, en cuyo artículo 1°[4] se definió como “PLE”, al aplicativo desarrollado por la SUNAT denominado Programa de Libros Electrónicos que permite efectuar las validaciones necesarias de los Libros y/o Registros elaborados por el Generador a fin de generar el Resumen respectivo y obtener la Constancia de Recepción de la SUNAT; asimismo, el PLE permite al Generador contrastar si la información de los Libros y/o Registros es aquella por la que se generó la Constancia de Recepción respectiva. Que en el Resultado del Requerimiento N° XXXXXXXXX (foja 185), la Administración dejó constancia que la recurrente no cumplió con presentar y/o exhibir lo solicitado, por lo que incurrió en la infracción tipificada por el numeral 1 del artículo 177° del Código Tributario. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. DECLARACIÓN DE EXTRAVÍO D. / Dña._____ con DNI / NIE _____, DECLARA haber extraviado la documentación e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Consulta y seguimiento . Por lo tanto, dicha denuncia no justifica el incumplimiento del sujeto fiscalizado de presentar y/o exhibir la documentación requerida en la fiscalización. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Por lo general, si necesita una copia certificada, original, de un tribunal probablemente necesitará una Declaración Jurada de Documento Perdido. Este tipo de declaración jurada … Este documento escrito describe el … Aquí encontrarás todas las declaraciones juradas, formularios, cartas y documentos requeridos para realizar los trámites de cambio de calidad migratoria, nacionalización, carné de extranjería entre otras: Que alega que la resolución apelada es nula al no estar debidamente motivada ya que no desarrolla el razonamiento jurídico explícito entre los argumentos y las leyes aplicables, y en consecuencia los motivos por los cuales no tiene asidero legal la no pérdida del crédito fiscal. 9 de julio de 2021. Tan pronto como alguien reconozca que un valor ha desaparecido, debe presentar una declaración jurada de pérdida. notario público de los del número de ___________________________________, Documento de identidad de ambos lados de esa persona. del Requerimiento N° XXXXXXXXXX, la Administración debió merituar dicho registro por cuanto aún no había concluido el procedimiento de fiscalización ni había surtido efecto la notificación de los valores impugnados, invocando los principios de verdad material e impulso de oficio. Formulario para la solicitud de nacionalización. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. El emisor del valor requiere una declaración jurada para indemnizar al titular o reemplazar el certificado. Poderes DEL Estado-MAPA Conceptual Kevin Anderson Mejia Guardado, Reglamento Interno DE Trabajo DE Panaderia Y Pasteleria Calderas DE Barinas, Tema5 La Actividad Productiva de la Empresa, Payme Ma Alejandra - Documentos legal empresas pymes modelo, Ejercicios resueltos -Reglas de Inferencia y Reemplazo, Diferencias Y Similutudes Entre NIIF Y Colgaap. Ingrese su correo electrónico para notificarlo de las actualizaciones de este blog: Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Comprensión de la declaración jurada de pérdida, declaración de impuestos sobre donaciones, Solicitud de copia de la definición de declaración de impuestos, certificado de depósito (CD) de tasa variable. Se presenta una declaración jurada de nota perdida cuando se destruye o pierde un pagaré u otro registro de deuda. COMPENDIO. Una vez presentada y aceptada la declaración jurada de siniestro, la aseguradora puede tramitar y emitir una carta de indemnización. Precedente de observancia obligatoria: La denuncia policial por pérdida o extravío de documentos presentada luego del inicio de la fiscalización no constituye prueba fehaciente para acreditar tal hecho. Que el numeral 6.1 del artículo 6° de la citada resolución de superintendencia, modificado por Resolución de Superintendencia N° 379-2013/SUNAT, prescribe como efecto de la incorporación o de la afiliación al Sistema con relación a los registros señalados en el Anexo N° 1 denominado “Relación de Registros que obligatoriamente deben ser llevados de manera electrónica por los sujetos que se afilien al Sistema”, en la que se encuentran los Registros de Compras y de Ventas e Ingresos: a.1) La obligación por parte del Generador de llevar dichos registros de manera electrónica, incluyendo en ellos lo que corresponda registrar a partir del mes de la afiliación al Sistema; a.2) La obligación por parte del Generador de presentar ante la SUNAT la información de los comprobantes de pago y documentos autorizados que se anotarán en los Registros de Compras y de Ventas e Ingresos a partir del 1 de enero de 2013, la que se entenderá cumplida con la generación del Resumen de los mencionados registros; y, a.3) La obligación de cerrar los registros llevados en forma manual o en hojas sueltas o continuas, previo registro de lo que corresponda anotar en el mes anterior al de su afiliación al Sistema. Que mediante el punto 1 del Requerimiento N° XXXXXXXX (fojas 180 y 181), la Administración reiteró a la recurrente que presentara la documentación solicitada mediante Requerimiento N° XXXXXXXX a fin de subsanar la comisión de la infracción mencionada, lo que no cumplió, según se dejó constancia en su resultado (fojas 175 y 176), por lo que no se acogió el Régimen de Gradualidad. RTF N° 08084-8-2016. 2.- DECLARAR que de acuerdo con el artículo 154° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, modificado por Ley N° 30264, la presente resolución constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, disponiéndose su publicación en el diario oficial “El Peruano” en cuanto establece el siguiente criterio: “La denuncia policial por pérdida o extravío de documentos presentada luego del inicio de la fiscalización no constituye prueba fehaciente para acreditar tal hecho.
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