3 0 obj Por virtud de esta disposición, se entenderá ratificado por el Titular de la misma todo lo que se haga, en los términos de ley, por esta Unidad y los representantes que acredite, en cada uno de los casos en que intervengan; Expedir copias certificadas de los documentos que se encuentren en los archivos de la Dirección General, cuando deban ser exhibidas ante las autoridades judiciales, administrativas, del trabajo y, en general, para cualquier procedimiento, proceso o carpeta de investigación; Emitir opinión sobre las formalidades y requisitos jurídicos que deben contener las formas de actas, los oficios de sanción, notificaciones, visitas de inspección y, en general, los demás documentos que se utilicen en forma reiterada por las unidades administrativas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en el ejercicio de sus atribuciones; Elaborar los informes previos y justificados que en materia de amparo deban rendir; El Presidente de la República, cuando se le hubiere conferido a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social la representación presidencial; El Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, cuando se le hubiera señalado como autoridad responsable, y. Academia.edu no longer supports Internet Explorer. Emitir reconocimientos a empresas que acrediten el cumplimiento voluntario de la normatividad o de programas y sistemas de administración de seguridad y salud en el trabajo, en coordinación con la Dirección General de Previsión Social y las Oficinas de Representación Federal del Trabajo en las entidades federativas; 38. Aviso General por el que se da a conocer el cambio de domicilio del Órgano Interno de Control en el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores. Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad (Depositario: OEA). Lineamientos para la operación del Consejo de Coordinación para la implementación de la reforma al Sistema de Justicia Laboral. Ordenar la práctica de las investigaciones encaminadas a averiguar qué personas dependían económicamente de un trabajador fallecido, en ejercicio o con motivo de su trabajo; 17. La Subdirección de Procedimientos Administrativos que le corresponderá el ejercicio de las atribuciones previstas en las fracciones II, XVIII, XX, XXIV, XXIX, XXX, XXXII y XXXIV del artículo 17 del Reglamento Interior vigente y las demás funciones que le encomiende el Director de lo Contencioso o el Director General de Asuntos Jurídicos; b) La Dirección de Legislación que ejercerá las atribuciones previstas en las fracciones IV, V, VI, VII, IX y XXXVII del artículo 17 del Reglamento Interior vigente y las demás funciones que le encomiende el Director General de Asuntos Jurídicos; c) La Dirección de Evaluación, Rendición de Cuentas y Responsabilidad Pública que apoyará a la Dirección General de Asuntos Jurídicos en el ejercicio de la atribución prevista en la fracción XVII del artículo 17 del Reglamento Interior vigente y las demás funciones que le encomiende el Director General de Asuntos Jurídicos, y. d) La Dirección de Consultas que ejercerá las atribuciones previstas en las fracciones X, XI, XII, XIII, XIV y XXXIV del artículo 17 del Reglamento Interior vigente y las demás funciones que le encomiende el Director General de Asuntos Jurídicos. Con excepción de los Municipios de Cocotitlán, Juchitepec, Temamatla, Tenango del Aire y Tepetlixpa. Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos de operación y los formatos para la realización de los trámites administrativos a que se refiere el Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores. Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Proponer al Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el Manual de Organización General de dicha Secretaría y los demás manuales de procedimientos y de servicios al público que deba expedir este, así como proponer los proyectos de decretos, acuerdos, órdenes y demás disposiciones en asuntos de su competencia; 13. Decreto por el que se abroga el diverso por el que se crea el Comité Nacional Mixto de Protección al Salario, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, publicado el 31 de octubre de 2006. 1. Emitir los dictámenes técnicos sobre la procedencia de requerir la contratación y adquisición de bienes y servicios en materia de tecnologías de la información y comunicaciones que soliciten las unidades administrativas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y, en su caso, proponer a estas los ajustes técnicos correspondientes a los requerimientos; 4. Elaborar el programa anual de conservación y mantenimiento de las instalaciones, inmuebles, mobiliario y equipo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de conformidad con los requerimientos de las unidades administrativas de esta, así como presentarlo a la consideración del Titular de la Unidad de Administración y Finanzas y ejecutarlo conforme a lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables; 8. Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria de los Artículos 75 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Gestionar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de las convocatorias, convenios de revisión y demás documentos relacionados con los contratos-ley que corresponda a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; 5. Ley General de Comunidades Campesinas LEY Nº 24656 (*) De conformidad con el Artículo Primero de la Ley Nº 25891, publicada el 09-12-92, se transfiere las funciones y actividades … Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. Asesorar a los capacitadores y las empresas para actualizaciones y el registro de constancias y listas de personal capacitado, respectivamente, en los formatos y el Sistema informático del área diseñado para tal efecto. Oficina de Representación Federal del Trabajo en Tabasco con sede en Villahermosa. Transformar, desde la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, las opciones que tienen las y los jóvenes que no estudian ni trabajan para capacitarse e insertarse al mercado laboral; el modelo de reclutamiento de capital humano tradicional para este sector de la población, y contribuir con ello a reducir la asimetría de información entre empleadores y buscadores de empleo. Falta publicar en el D.O.F., el Decreto Promulgatorio. Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional. Instrumentar el programa para la inclusión de jóvenes entre 18 y 29 años a su primer empleo, otorgando las mismas oportunidades para hombres, mujeres, y personas con discapacidad. Lineamientos de participación para la obtención del Distintivo Empresa Incluyente "Gilberto Rincón Gallardo". Procurar el equilibrio entre los factores de la producción, a través del servicio público de conciliación, en la celebración, revisión o terminación de los contratos colectivos de trabajo y contratos-ley de jurisdicción federal, así como en los casos en que se reclamen violaciones a dichos instrumentos jurídicos, con estricto respeto a los principios de bilateralidad, legalidad, diálogo y transparencia; Preparar, coordinar y atender las convenciones obrero-patronales para la concertación y revisión de los contratos-ley en las ramas de la industria competencia de las autoridades federales, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo; Intervenir en la elaboración de las actas y convenios que celebren las partes como resultado de la conciliación en los conflictos laborales competencia de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; Gestionar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de las convocatorias, convenios de revisión y demás documentos relacionados con los contratos-ley que corresponda a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; Intervenir, cuando sea el caso, en el funcionamiento de las comisiones mixtas de fábrica o industria que se establezcan en los contratos-ley; Conocer y tramitar las oposiciones que presenten los patrones o trabajadores, relacionadas con las solicitudes para elevar los contratos colectivos a la categoría de contratos-ley, de conformidad con las disposiciones previstas en la Ley Federal del Trabajo; Elaborar estadísticas en el ámbito de su competencia, e informar a las unidades administrativas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que lo requieran, sobre porcentajes de incrementos económicos acordados entre las partes y número de trabajadores beneficiados, resultado de las negociaciones atendidas, y. Proporcionar, a través de la Dirección General Adjunta de Asistencia Técnica, el servicio público de orientación técnico, jurídica, económica y estadística para la conciliación, a las empresas y sindicatos en sus conflictos colectivos de trabajo, así como la coordinación de reuniones conciliatorias entre los actores, para encontrar puntos de acuerdos que eviten los estallamientos a huelga. 22. Oficina de Representación Federal del Trabajo en la Ciudad de México, Zona Sur con sede en la Alcaldía de Álvaro Obregón. Si el documento se presenta incompleto en el margen derecho, es que contiene tablas que rebasan el ancho predeterminado. Emitir las reglas generales que permitan en materia de inspección, la suscripción de convenios de coordinación y de concertación con las autoridades de las entidades federativas y con otras instituciones, organismos públicos, privados y sociales, así como dar seguimiento a los compromisos y cumplimientos de dichos convenios; 18. Convenio número 53 relativo al mínimo de capacidad profesional de los capitanes y oficiales de la Marina Mercante, 1936. Diseñar y poner a disposición de los sectores productivos, herramientas e información útil para contribuir al incremento de la productividad con beneficios compartidos; 8. 1. Uniformar los criterios de resolución de la Junta, cuando las Juntas Especiales sustenten tesis contradictorias; 5. endobj Acolman, Amecameca, Apaxco, Atenco, Atizapán de Zaragoza, Atlautla, Ayapango Axapusco, Coacalco de Berriozabal, Coyotepec, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Chalco, Chiautla, Chicoloapan, Chiconcuac, Chimalhuacán, Ecatepec de Morelos, Ecatzingo, Huehuetoca, Hueypoxtla, Huixquilucan, Ixtapaluca, Jaltenco, Jilotzingo, La Paz, Melchor Ocampo, Naucalpan de Juárez, Nextlalpan, Nezahualcóyotl, Nicolás Romero, Nopaltepec, Otumba, Ozumba, Papalotla, San Martín de las Pirámides, Tecámac, Temascalapa, Teoloyucan, Teotihuacán, Tepetlaoxtoc, Tepotzotlán, Tequixquiac, Texcoco, Tezoyuca, Tlalmanalco, Tlalnepantla de Baz, Tonanitla, Tultepec, Tultitlán, Valle de Chalco Solidaridad, y Zumpango. Coordinar la elaboración de los anteproyectos de programas y de presupuesto de las unidades administrativas que tenga adscritas y remitirlos al Titular de la Unidad de Administración y Finanzas y, una vez aprobados, verificar y evaluar su ejecución; 5. Dirección General de Tecnologías de la Información. Dirigir y supervisar el proceso de diseño de estrategias para la implementación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, para que estén alineadas con las directrices y líneas de acción previstas en el Plan Nacional de Desarrollo; 4. Expedir el Reglamento Interior y los reglamentos del servicio profesional de carrera y el de evaluación del desempeño de los Presidentes de las Juntas Especiales; Conocer y resolver los conflictos de trabajo cuando afecten a la totalidad de las ramas de la industria y de las actividades representadas en la Junta; Conocer del recurso de revisión interpuesto en contra de las resoluciones dictadas por el Presidente de la Junta en la ejecución de los laudos del Pleno; Uniformar los criterios de resolución de la Junta, cuando las Juntas Especiales sustenten tesis contradictorias; Informar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de las deficiencias que observe en el funcionamiento de la Junta y sugerir las medidas que convenga dictar para corregirlas; Conocer y resolver los conflictos de trabajo que se susciten en las ramas de la industria o de las actividades representadas en ellas; Practicar la investigación y dictar las resoluciones a que se refiere el artículo 503 de la Ley Federal del Trabajo; Conocer del recurso de revisión interpuesto en contra de las resoluciones del Presidente en ejecución de los laudos; Recibir en depósito los contratos colectivos y los reglamentos interiores de trabajo. Ahome, Angostura, Badiraguato, Choix, Cosalá, Culiacán, El Fuerte, Elota, Guasave, Mocorito, Navolato, Salvador Alvarado, Sinaloa. Recibir de las personas, agencias, dependencias, organizaciones e instituciones que se dediquen a la prestación del servicio de colocación de trabajadores, las solicitudes de registro, para su análisis y, en su caso, autorización e informarlo a la Subsecretaría de Empleo y Productividad Laboral; 23. Fungir como ventanilla única para la presentación, consulta y gestión de los asuntos que en materia fiscal, contable, financiera, presupuestaria, programática y económica que requiera la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; 14. Ser un área que mediante procedimientos de contratación oportunos y transparentes a través de medios tecnológicos con los que dispone la administración pública federal, provea los recursos materiales y servicios generales necesarios para el apoyo logístico de las diversas áreas de la dependencia, contribuyendo de esta manera al cumplimiento de las metas institucionales. Convenio número 9 relativo a la colocación de la gente de mar, 1920. Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección. Decreto por el que se crea con carácter de permanente el Observatorio Laboral Mexicano. Expedir, a solicitud expresa, constancias relativas al pago de los diversos conceptos, retenciones aplicables y rendición de cuentas de operaciones ajenas, excepto las que se refieren a servicios personales; 10. Usuario Ejercer las atribuciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en materia de registro de organizaciones sindicales y de altas o bajas de sus secciones o componentes, determinando su procedencia o improcedencia, en términos de las disposiciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo y demás ordenamientos jurídicos aplicables; 2. Analizar el avance y cumplimiento de los compromisos asumidos en las sesiones de los órganos de gobierno de las entidades paraestatales en donde la normatividad establezca la participación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con el fin de que el Titular de dicha Secretaria cuente con información para la toma de decisiones, y. - Instrumentar el programa para la inclusión de jóvenes entre 18 y 29 años a su primer empleo, otorgando las mismas oportunidades para hombres, mujeres, y personas con discapacidad. Oficina de Representación Federal del Trabajo en Campeche con sede en Campeche, Calakmul, Calkiní, Campeche, Candelaria, Carmen, Champotón, Escárcega, Hecelchakán, Hopelchén, Palizada, Tenabo y Seybaplaya, Oficina de Representación Federal del Trabajo en Chiapas con sede en Tuxtla Gutiérrez. Este Convenio fue aprobado por el Senado de la República el 20 de septiembre de 2018, depositado en la OIT el 23 de noviembre del mismo año, y entró en vigor para México el 23 noviembre 2019. NOM-032-STPS-2008, Seguridad para minas subterráneas de carbón. Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Convenio número 42 relativo a la indemnización por enfermedades profesionales, 1934. Definir los criterios de instrumentación de los sistemas de control y evaluación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro y determinar su periodicidad, así como generar información estadística que permita mejorar dicho Programa; 27. Para la fijación de dichos lineamientos, se establecerán procedimientos que permitan considerar las necesidades, propuestas y opiniones de los diversos sectores productivos, y. Establecer un régimen de certificación, aplicable a toda la República, conforme al cual sea posible acreditar conocimientos, habilidades o destrezas, intermedios o terminales, de manera parcial y acumulativa, que requiere un individuo para la ejecución de una actividad productiva, independientemente de la forma en que hayan sido adquiridos; Diseñar y actualizar mecanismos y herramientas para observar el comportamiento, tendencias y prospectivas en materia de capacitación, adiestramiento y productividad laboral; Diseñar y poner a disposición de los sectores productivos, herramientas e información útil para contribuir al incremento de la productividad con beneficios compartidos; Promover el desarrollo de la capacitación y el adiestramiento para el trabajo en las modalidades presencial y a distancia, y prestar servicios de asesoría que, para incrementar la productividad en el trabajo, requieran los sectores productivos del país; Establecer los criterios generales y requisitos, así como definir los procedimientos que deban observar los patrones y trabajadores, para acreditar el cumplimiento de las obligaciones que señala la Ley Federal del Trabajo, en materia de capacitación, adiestramiento y productividad; Establecer los criterios y requisitos que deben cumplir las instituciones, escuelas u organismos especializados, así como su personal docente y los instructores independientes que deseen impartir formación, capacitación o adiestramiento; supervisar su correcto desempeño, expedir las autorizaciones conforme a las disposiciones jurídicas aplicables y realizar los registros correspondientes para su operación y, en su caso, cancelación; Promover y proporcionar asistencia técnica para facilitar la oportuna constitución y el correcto funcionamiento de las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad en los centros de trabajo; Registrar y sistematizar las constancias de competencias o de habilidades laborales que acrediten la capacitación y el adiestramiento recibidos por los trabajadores en las empresas, así como los certificados, diplomas, títulos o grados de estudio, expedidos por autoridad facultada para ello o por particulares con reconocimiento de validez oficial, a favor de quienes hayan concluido un tipo de educación con carácter terminal, cuando el puesto y categoría correspondientes figuren o sean similares a los incluidos en el Catálogo Nacional de Ocupaciones; Proponer al superior jerárquico la emisión de convocatorias, dirigidas a los sectores productivos, para formar Comités Nacionales de Capacitación, Adiestramiento y Productividad en las ramas industriales o actividades en que se juzgue conveniente, así como fijar las bases relativas a la integración y el funcionamiento de dichos Comités; Estudiar y, en su caso, sugerir, en relación con cada rama industrial o actividad, la expedición de criterios generales idóneos para los planes y programas de capacitación y adiestramiento, considerando la opinión del Comité Nacional de Capacitación, Adiestramiento y Productividad que corresponda; Estudiar sistemas generales que permitan capacitar o adiestrar a los trabajadores, conforme al procedimiento de adhesión convencional a que se refiere la Ley Federal del Trabajo y, en su caso, sugerir a los patrones el establecimiento de los sistemas generales que estime más apropiados; Coordinar acciones con la Secretaría de Educación Pública para sugerir, promover y organizar planes o programas sobre capacitación y adiestramiento para el trabajo y, en su caso, para la expedición de certificados, conforme a lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo, Ley General de Educación y demás disposiciones jurídicas aplicables; Integrar y mantener actualizado el Padrón de Trabajadores Capacitados, con base en las constancias de competencias o de habilidades laborales expedidas a los trabajadores; Establecer los lineamientos generales para la práctica de exámenes de suficiencia a los trabajadores, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables; Coordinar y administrar el acervo documental y la prestación del servicio de información bibliográfica y audiovisual en materia de capacitación, adiestramiento y productividad en el trabajo; Implementar, difundir y actualizar de forma permanente el diagnóstico ocupacional y el sistema de información por competencias laborales, en coordinación con las autoridades educativas competentes, con el propósito de apoyar la vinculación entre la oferta educativa y la demanda laboral; Proponer al superior jerárquico, estudios para vincular la formación profesional con aquellas áreas prioritarias para el desarrollo regional y nacional; Realizar estudios e investigaciones que permitan orientar los procesos educativos a las necesidades del sector productivo en materia de capital humano, en coordinación con las autoridades correspondientes y las universidades e instituciones de educación técnica y superior; Promover la articulación de políticas educativas y laborales, a fin de que los modelos educativos, planes y programas de estudio respondan a las necesidades de los sectores productivos; Desarrollar y proponer a las organizaciones empresariales y a las universidades e instituciones de educación técnica y superior, modelos de vinculación que faciliten la inserción laboral de sus egresados; Promover, coordinar y organizar acciones relativas al estudio, identificación y reconocimiento de las mejores prácticas laborales del sector productivo; Promover la formación y capacitación de dirigentes sindicales, a través de cursos, seminarios y diplomados, que contribuyan a realizar una eficiente conducción de las organizaciones sindicales; Participar en acciones de orientación a favor de los trabajadores y de los comités ejecutivos de las organizaciones sindicales, entre otros aspectos, en los relacionados con la concertación y los valores para el trabajo decente, la negociación de contratos colectivos de trabajo y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, y. Realizar campañas de comunicación interinstitucionales y, en su caso, en el marco de las disposiciones jurídicas aplicables, promover el análisis de temas socio-laborales y la aplicación del nuevo modelo laboral, mediante la realización de publicaciones, videos, programas de televisión y noticieros sobre temas del trabajo, productividad y bienestar, involucrando a empleadores, trabajadores, servidores públicos y especialistas. NOM-007-STPS-2000, Actividades agrícolas-Instalaciones, maquinaria, equipo y herramientas-Condiciones de seguridad. Ha sido dejado de lado y, por lo tanto, está cerrado a la ratificación. Aumento general de salarios para los trabajadores públicos y privados de la ciudad y del campo. Acuerdo por el que se crea la Comisión Intersecretarial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección de Adolescentes Trabajadores en Edad Permitida en México. Aviso por el que se da a conocer la actualización de la Relación única de la normativa del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, publicada el 10 de septiembre de 2010. Proponer a las partes interesadas soluciones amistosas para el arreglo de sus conflictos, mediante los procedimientos de conciliación, haciéndolas constar en actas autorizadas; 4. Decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial de Trabajo y Previsión Social 2020-2024. Las Comunidades Campesinas, sus Empresas Comunales, las Empresas. Intervenir, y/o gestionar y coordinar la representación de la Secretaría, en los foros, mecanismos y organismos internacionales e intercambios bilaterales, así como en las actividades de cooperación organizadas en estos espacios, que derivan de las relaciones institucionales estratégicas de México en materia laboral. Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos que regulan el nombramiento de los titulares de las unidades encargadas del apoyo jurídico de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Reglamento de la Ley General de Comunidades Campesinas. Las demás que le confieren los ordenamientos legales, reglamentarios y administrativos aplicables. Organizar, coordinar y fortalecer el funcionamiento de las Oficinas de Representación Federal del Trabajo en las entidades federativas, en colaboración con sus unidades administrativas y las Direcciones Generales de Inspección Federal del Trabajo y Previsión Social, con el propósito de contribuir a la dignificación del trabajo y al fortalecimiento de la intermediación laboral y mejorar la calidad de vida de las y los trabajadores a través de los mecanismos de vigilancia de la normatividad laboral, las condiciones de seguridad y salud y el acceso a la seguridad social. 8 En términos del artículo Octavo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019, las Juntas de Conciliación y Arbitraje continuarán conociendo de los procedimientos individuales, colectivos y registrales, hasta en tanto entren en funciones los Tribunales federales y locales y los Centros de Conciliación, y para tales efectos se les dotará de los recursos presupuestales necesarios. Representar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en los actos, foros y eventos relacionados con la materia laboral, cuando esta sea convocada; 2. Modificación 24-XII-2010, aclaración a la modificación 7-VI-2013. IX. - Vigilar el cumplimiento de las normas en materia de seguridad, salud y capacitación en el trabajo, así como los derechos de las y los trabajadores. Convenio número 166 sobre la repatriación de la gente de mar, 1987. - Asesorar mediante la emisión de opiniones y dictámenes debidamente sustentados a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y a las unidades administrativas que la conforman, para el debido ejercicio y complimiento de sus funciones y actividades. Promoviendo la justicia propia, dejando atrás un trato indigno. NOM-005-STPS-1998, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas. Establecer los criterios generales y requisitos, así como definir los procedimientos que deban observar los patrones y trabajadores, para acreditar el cumplimiento de las obligaciones que señala la Ley Federal del Trabajo, en materia de capacitación, adiestramiento y productividad; 10. Coordinar la implementación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, así como la mejora continua de sus instrumentos y estrategias de operación, para lograr la vinculación entre centros de trabajo y aprendices; implementar mecanismos para que las y los jóvenes pertenecientes a este sector mejoren sus competencias técnicas y hábitos de trabajo; asegurar el pago de la beca mensual y la cobertura del seguro médico del IMSS a quienes permanecen en capacitación, además de emitir las constancias de las y los becarios al finalizar su plan de capacitación y propiciar su acercamiento con el Servicio Nacional de Empleo u otras oportunidades de empleabilidad. Decreto que modifica el diverso por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones y trabajadores eventuales del campo, publicado el 24 de julio de 2007. Abasolo, Agualeguas, Los Aldamas, Allende, Anáhuac, Apodaca, Aramberri, Bustamante, Cadereyta Jiménez, El Carmen, Cerralvo, Ciénega de Flores, China, Doctor Arroyo, Doctor Coss, Doctor González, Galeana, García, General Bravo, General Escobedo, General Terán, General Treviño, General Zaragoza, General Zuazua, Guadalupe, Los Herreras, Hidalgo, Higueras, Hualahuises, Iturbide, Juárez, Lampazos de Naranjo, Linares, Marín, Melchor Ocampo, Mier y Noriega, Mina, Montemorelos, Monterrey, Parás, Pesquería, Los Ramones, Rayones, Sabinas Hidalgo, Salinas Victoria, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García, Santa Catarina, Santiago, Vallecillo, Villaldama. 24. NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo. Ser la Unidad Administrativa que, a través de la planeación efectiva de políticas públicas, el desarrollo de estrategias sectoriales y el establecimiento de relaciones institucionales con órganos de gobierno, organismos internacionales y nacionales, entre otros actores, abone al cumplimiento de los objetivos planteados en materia laboral dentro del Plan Nacional de Desarrollo, así como en el Programa Sectorial de Trabajo y Previsión Social. RESOLUCIÓN de 4 de enero de 2023 de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se establece la organización y el funcionamiento del Programa de Educación Inclusiva en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional para el curso 2022/2023. Acuerdo por el que se aprueban las adecuaciones a las Reglas de Operación del Comité de Auditoría del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. 9. - Propiciar la conciliación laboral, a través de la negociación respetuosa y honesta entre trabajadores y patrones, promoviendo consolidar el diálogo social y la solución de conflictos. NOM-016-STPS-2001, Operación y mantenimiento de ferrocarriles-Condiciones de seguridad e higiene. Proponer al superior jerárquico la emisión de convocatorias, dirigidas a los sectores productivos, para formar Comités Nacionales de Capacitación, Adiestramiento y Productividad en las ramas industriales o actividades en que se juzgue conveniente, así como fijar las bases relativas a la integración y el funcionamiento de dichos Comités; 14. Acuerdo por el que se aprueba la reforma al Estatuto Orgánico del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Dirección General de Políticas Públicas y Órganos de Gobierno; 12. Convenio número 152 sobre seguridad e higiene en los trabajadores portuarios, 1979. Amacuzac, Atlatlahucan, Axochiapan, Ayala, Coatetelco, Coatlán del Río, Cuautla, Cuernavaca, Emiliano Zapata, Hueyapan, Huitzilac, Jantetelco, Jiutepec, Jojutla, Jonacatepec de Leandro Valle, Mazatepec, Miacatlán, Ocuituco, Puente de Ixtla, Temixco, Temoac, Tepalcingo, Tepoztlán, Tetecala, Tetela del Volcán, Tetelcingo, Tlalnepantla, Tlaltizapán de Zapata, Tlaquiltenango, Tlayacapan, Totolapan, Xochitepec, Xoxocotla, Yautepec, Yecapixtla, Zacatepec y Zacualpan de Amilpas. Colores, formas y símbolos a utilizar. Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. NOM-004-STPS-1999, Sistemas de protección y dispositivos de seguridad de la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo. Procurar el equilibrio entre los factores de la producción, a través del servicio público de conciliación, en la celebración, revisión o terminación de los contratos colectivos de trabajo y contratos-ley de jurisdicción federal, así como en los casos en que se reclamen violaciones a dichos instrumentos jurídicos, con estricto respeto a los principios de bilateralidad, legalidad, diálogo y transparencia; 2. 1. Dar seguimiento y evaluar las acciones y metas comprometidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en programas transversales y estrategias interinstitucionales, mediante mecanismos que permitan conocer el grado de avance reportados por las unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado de dicha Secretaría, así como el seguimiento y evaluación de las metas comprometidas por las entidades paraestatales sectorizada a esta Dependencia respecto de los programas sectoriales en que participen; 5. Una mirada desde a antropologÃa. Capacitar en materia sindical y de las nuevas relaciones laborales bajo la lógica del nuevo modelo esbozado en la reforma laboral. Los demás que le fijen expresamente las leyes y reglamentos. Difundir la normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo y promover su cumplimiento, así como proponer a los sectores público, social y privado la realización de estudios, investigaciones y guías de prácticas seguras en materia de seguridad y salud en el trabajo, con la participación de las organizaciones nacionales de trabajadores y patrones y de las unidades administrativas competentes de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; 21. Proveer a las unidades administrativas las herramientas y servicios de tecnologías de la información y comunicaciones, y de la seguridad de la información que facilite el cumplimiento de los objetivos, estrategias y responsabilidades de la Secretaría definidos en su misión; planeando, desarrollando, dirigiendo, así como evaluando los proyectos y los servicios tecnológicos requeridos, con base en lo dispuesto en la normatividad aplicable. WebDerechos de las Comunidades Campesinas Principales Leyes y Reglamentos • Constitución Política. Ley que declara de necesidad nacional e interés social y cultural el desarrollo integral de las Comunidades Campesinas. 1. Expedir copias certificadas de los documentos que se encuentren en los archivos de la Dirección General, cuando deban ser exhibidas ante las autoridades judiciales, administrativas, del trabajo y, en general, para cualquier procedimiento, proceso o carpeta de investigación; 20. Protocolo para la legitimación de contratos colectivos de trabajo existentes. pensum de la carrera magisterial y que no han apoyado la lucha de los estudiantes normalistas. Vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados o acuerdos internacionales celebrados conforme a la misma, en la Ley Federal del Trabajo y sus reglamentos, normas oficiales mexicanas, instructivos, convenios, acuerdos y contratos de trabajo, así como de todas aquellas disposiciones dictadas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en ejercicio de sus atribuciones, y solicitar por escrito o a través de medios electrónicos, directa o indirectamente a los patrones, trabajadores e integrantes de las comisiones a que se refiere la Ley Federal del Trabajo, la información y documentación necesaria para el cumplimiento de esta atribución, así como cumplir las medidas ordenadas por dicha Secretaría para evitar afectaciones a la salud de los trabajadores, en caso de que las autoridades sanitarias hubieren determinado la suspensión de labores con motivo de una declaratoria de contingencia sanitaria; 7. - Elaborar informes, estudios, análisis, memorias, dictámenes, consultas, cuestionarios y posicionamientos que den cumplimiento a las obligaciones y compromisos de México en el marco de su pertenencia a tratados internacionales y sus relaciones estratégicas en materia laboral, en coordinación con las dependencias de la Administración Pública Federal y las áreas competentes de la Secretaría. Registrar, revisar y evaluar, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el desempeño de los sistemas de operación y bases de datos de dicha Secretaría, y proponer soluciones tecnológicas e informáticas que optimicen los recursos y procesos operativos; 9. Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Decreto por el que se crea la Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur. Lineamientos generales para el acceso a información gubernamental en la modalidad de consulta directa. Arteaga, General Cepeda, Parras, Ramos Arizpe y Saltillo. Vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados o acuerdos internacionales celebrados conforme a la misma, en la Ley Federal del Trabajo y sus reglamentos, normas oficiales mexicanas, instructivos, convenios, acuerdos y contratos de trabajo, así como de todas aquellas disposiciones dictadas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en ejercicio de sus atribuciones, y solicitar por escrito o a través de medios electrónicos, directa o indirectamente, a los patrones, trabajadores e integrantes de las comisiones a que se refiere la Ley Federal del Trabajo, la información y documentación necesaria para el cumplimiento de esta atribución; 2. RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023 (BOJA 21-12-2022).. 2022-12-20. Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, con lo que se culminó el proceso de la reforma laboral. Promover, coordinar y evaluar la elaboración y ejecución de las acciones y programas de educación, salud y cultura organizacional, capacitación, servicio social, profesionalización, equidad de género y desarrollo humano del personal de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; 10. Decreto por el que se establecen las medidas de austeridad que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal bajo los criterios que en el mismo se indican. Promover el cumplimiento de las obligaciones legales en materia de capacitación y adiestramiento en las empresas (comisiones mixtas, planes y programas, registros de constancias, listas de personal capacitado). La administración de los fondos de la venta de tierras al Proyecto Antamina (San Marcos, Huari, Ãncash). Proponer y conducir la política institucional en materia de gestión de capital humano, bajo los principios de eficiencia y calidad en el servicio; que permitan la adecuada operación y funcionamiento de la Secretaría. Elaborar y proponer al Titular de la Unidad de Administración y Finanzas y, en su caso, difundir los lineamientos en materia de innovación y calidad en los procesos de las unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; 19. Integrar y actualizar periódicamente un conjunto de sistemas de información de estadísticas del trabajo que facilite el uso y explotación de la información recopilada en dichos sistemas; 5. Coordinar acciones con la Secretaría de Educación Pública para sugerir, promover y organizar planes o programas sobre capacitación y adiestramiento para el trabajo y, en su caso, para la expedición de certificados, conforme a lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo, Ley General de Educación y demás disposiciones jurídicas aplicables; 17. Convenio número 112 relativo a la edad mínima de admisión al trabajo de los pescadores, 1959. Autorizar a los trabajadores las licencias y comisiones de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y demás disposiciones jurídicas aplicables; 14. Procedimiento para la evaluación de la conformidad de normas oficiales mexicanas expedidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Establecer relaciones estratégicas y mecanismos de coordinación con otras unidades administrativas de la Secretaría e instituciones de la Administración Pública Federal, así como con organismos públicos, privados y sociales, nacionales e internacionales para el efectivo cumplimiento de los objetivos de la STPS. Save Save ley actualizada de liquidaciones For Later. Elaborar los lineamientos para integrar y sistematizar la información generada por las unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como de las entidades paraestatales sectorizadas a esta, para contribuir al cumplimiento y ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y del Programa Sectorial, así como para la integración del informe presidencial y de labores que corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; 6. DOF. Promover la organización de los jornaleros agrícolas y garantizar la protección laboral y de seguridad social que establece la legislación aplicable, y. XXII. Coordinar la vigilancia del cumplimiento de la normatividad laboral en los centros de trabajo, con la participación que corresponda a otras unidades administrativas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; 15. Reconocer de manera directa o a través de las Oficinas de Representación Federal del Trabajo en las entidades federativas, los dictámenes, informes o certificados de cumplimiento que emitan las unidades de verificación, laboratorios de prueba y organismos de certificación, respectivamente, acreditados y aprobados, en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 22. Cuerámaro, León, Manuel Doblado, Ocampo, Purísima del Rincón, San Felipe, San Francisco del Rincón. Representar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ante las autoridades jurisdiccionales, contencioso-administrativas o de otra naturaleza jurídica; Instaurar, sustanciar y resolver los procedimientos administrativos para el cumplimiento de las normas de trabajo, de previsión social, contractuales de carácter laboral y las normas oficiales mexicanas, así como las de los tratados y convenios internacionales en materia laboral ratificados por México, así como imponer las sanciones correspondientes en caso de violación a las disposiciones que contengan dichos ordenamientos. Cabo Corrientes, Mascota, Puerto Vallarta, San Sebastián del Oeste y Tomatlán. Informar, orientar y solicitar a las unidades administrativas competentes y al órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social la información que resulte necesaria para el debido cumplimiento de sus funciones; 3. Solicitar el auxilio de la fuerza pública, cuando en un centro de trabajo de la minería del carbón no se permita el desahogo de la inspección; 14. Acultzingo, Alpatláhuac, Amatlán de los Reyes, Aquila, Astacinga, Atlahuilco, Atoyac, Atzacan, Calcahualco, Camerino Z. Mendoza, Carrillo Puerto, Chocamán, Coetzala, Córdoba, Coscomatepec de Bravo, Cuichapa, Cuitláhuac, Fortín, Huiloapan de Cuauhtémoc, Ixhuatlán del Café, Ixhuatlancillo, Ixtaczoquitlán, La Perla, Los Reyes, Magdalena, Maltrata, Mariano Escobedo, Mixtla de Altamirano, Naranjal, Nogales, Omealca, Orizaba, Paso del Macho, Rafael Delgado, Río Blanco, San Andrés Tenejapan, Soledad Atzompa, Tehuipango, Tepatlaxco, Tequila, Texhuacán, Tezonapa, Tlaquilpa, Tlilapan, Tomatlán, Xoxocotla, Yanga y Zongolica. Proporcionar consejería laboral a buscadores de empleo con el fin de vincularlos para acceder a vacantes ofrecidas por los empleadores y, de ser necesario, orientarlos para mejorar su empleabilidad; 9. Decretado el depósito se remitirá el expediente al archivo de la Junta; y. Coordinar la atención de peticiones ciudadanas, enviadas por la Oficina de la Presidencia de la República, y por el Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a las unidades administrativas y órgano administrativo desconcentrado de dicha Secretaría, así como realizar el seguimiento de la respuesta institucional otorgada. Convenio número 8 relativo a la indemnización de desempleo en caso de pérdida por naufragio, 1920. Promover la coordinación interinstitucional para apoyar el fortalecimiento de la capacidad de atención de los sistemas e instituciones de seguridad social; 12. Participar e implementar, en coordinación con las unidades administrativas y el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, las acciones que se establezcan en los programas en materia de trabajo, tendientes a la inclusión laboral, la igualdad de oportunidades laborales y no discriminación de las personas en situación de vulnerabilidad, así como la prevención y erradicación del trabajo infantil y protección de menores trabajadores en edad permitida; 44. Coordinar la integración de la información de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social e integrar la información remitida por las entidades paraestatales sectorizadas a esta, requerida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para formular la Cuenta Pública Federal; 6. NOM-024-STPS-2001, Vibraciones-Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo. Ordenar el pago y los enteros que resulten procedentes en favor de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la representación del Sindicato de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y a terceros autorizados, de las cantidades que por concepto de retenciones se hayan aplicado al personal; 6. Estatus: Instrumento que ha sido superado. DOF. Coordinar el diseño del programa anual de capacitación especializada al que deberá someterse el personal inmerso en el proceso de inspección; 13. Autorizar los lineamientos de inspección que deberán seguir las Oficinas de Representación Federal del Trabajo en las entidades federativas, y los inspectores federales del trabajo e inspectores federales del trabajo calificados en el desempeño de sus atribuciones; 12. Proponer, en conjunto con la Unidad de Trabajo Digno, lineamientos para la prestación del servicio de colocación de trabajadores; 22. Generar a través de la negociación colectiva auténtica, el equilibrio de los factores de la producción, así como procurar la solución de los conflictos laborales derivados de la revisión y aplicación de las condiciones de trabajo consignadas en los Contratos Ley y Contratos Colectivos de Trabajo de jurisdicción federal, mediante el Servicio Público de Conciliación brindado a patrones y trabajadores, coadyuvando a mejorar las condiciones laborales de las y los trabajadores. Ser la instancia que fortalezca el diálogo social, mediante el Servicio Público de Conciliación a través de la legalidad y el respeto a la negociación colectiva, en las revisiones contractuales, salariales y conflictos laborales del orden federal, para propiciar la toma de acuerdos a partir de la armonización de intereses entre patrones y trabajadores. Emitir, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, lineamientos para la elaboración de los anteproyectos de presupuesto de la Secretaría y de las entidades paraestatales sectorizadas a esta; 8. - Asesorar al Titular de la Unidad de Política Laboral y Relaciones Institucionales respecto de las estrategias a seguir para el desarrollo de relaciones institucionales en el ámbito laboral nacional e internacional. Lineamientos de operación y funcionamiento del sistema para informar a la autoridad del trabajo el nivel de cumplimiento de las condiciones generales de trabajo, capacitación y adiestramiento y seguridad y salud que prevalecen en los centros de trabajo. DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN REGIONAL ZONA CENTRO 2, Oficina de Representación Federal del Trabajo en Jalisco con sede en Guadalajara. Vigilar el cumplimiento de las medidas ordenadas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para evitar afectaciones a la salud de los trabajadores, en caso de que las autoridades sanitarias hubieren determinado la suspensión de labores con motivo de una declaratoria de contingencia sanitaria; 25. 2. Acuerdo por el que se delega en las y los diversos servidores públicos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que se indican, la facultad de autorizar erogaciones por concepto de viáticos y pasajes tratándose de comisiones en territorio nacional. del Trabajo y el Comité Nacional Mixto de Protección al Salario. NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad e higiene. Convenio número 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, 1989. Convenio número 142 sobre la orientación profesional y la formación profesional en el desarrollo de los recursos humanos, 1975. Falta publicar en el DOF. %PDF-1.7 Formular en coordinación con la Dirección General de Asuntos Jurídicos, los anteproyectos de acuerdos, convenios y demás documentación que se requiera para la operación y cumplimiento de los fines del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, para someterlos a consideración de su superior jerárquico y, en su caso, al Titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; 5. PolÃtica distrital, propietarios individuales e institucionalidad comunal. Coordinar y promover los trabajos de planeación estratégica del sector laboral, con el fin de proponer al Titular de la Unidad de Política Laboral y Relaciones Institucionales el establecimiento de directrices, estrategias, alternativas y acciones específicas que permitan el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en el Programa Sectorial de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; 4. 21-V-1982 y su fe de erratas de 12-VII-1982. Derivado de ello, en el artículo, citado Decreto, se dispuso la obligación de adecuar los ordenamientos regulatorios en el ámbito de aplicación. 21-VIII-1959 y su fe de erratas de 17-IX-1959. 184 0 obj <>/Filter/FlateDecode/ID[<98E5DD745011F242B87D987B4C0A7BA8><42C6328EE9415F47B456F64AF5CE9835>]/Index[163 38]/Info 162 0 R/Length 107/Prev 589867/Root 164 0 R/Size 201/Type/XRef/W[1 3 1]>>stream Con fecha 26 de agosto de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se. Colaborar con la Dirección General de Programación y Presupuesto en la integración del anteproyecto de presupuesto anual de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, relativo al capítulo de servicios personales y ejercer los recursos que deriven de esta materia conforme a las disposiciones jurídicas aplicables; 3. Diseñar y coordinar la participación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en la promoción del trabajo digno, así como impulsar las acciones conducentes para su adopción en los centros de trabajo, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables; 7. Operar los sistemas y procedimientos internos para la administración de los recursos financieros de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y. Atender los asuntos relacionados con la competencia de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en las embajadas, consulados y representaciones de los Estados Unidos Mexicanos; 10. Expedir certificaciones de los documentos que se encuentren en los archivos de esta Unidad, así como realizar las acciones conducentes para que se proporcione la información que tenga a su cargo, en términos de la legislación en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales; 19. Promover la formación y capacitación de dirigentes sindicales, a través de cursos, seminarios y diplomados, que contribuyan a realizar una eficiente conducción de las organizaciones sindicales; 27. Apozol, Apulco, Atolinga, Benito Juárez, Calera, Cañitas de Felipe Pescador, Concepción del Oro, Cuauhtémoc, Chalchihuites, Fresnillo, Genaro Codina, General Enrique Estrada, General Francisco R. Murguía, El Plateado de Joaquín Amaro, El Salvador, General Pánfilo Natera, Guadalupe, Huanusco, Jalpa, Jerez, Jiménez del Teul, Juan Aldama, Juchipila, Loreto, Luis Moya, Mazapil, Melchor Ocampo, Mezquital del Oro, Miguel Auza, Momax, Monte Escobedo, Morelos, Moyahua de Estrada, Nochistlán de Mejía, Noria de Ángeles, Ojocaliente, Pánuco, Pinos, Río Grande, Sain Alto, Santa María de la Paz, Sombrerete, Susticacán, Tabasco, Tepechitlán, Tepetongo, Teúl de González Ortega, Tlaltenango de Sánchez Román, Trancoso, Trinidad García de la Cadena, Valparaíso, Vetagrande, Villa de Cos, Villa García, Villa González Ortega, Villa Hidalgo, Villanueva y Zacatecas. Coordinar con la participación que corresponda a las Delegaciones de Programas para el Desarrollo, esquemas de trabajo y organización para la operación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro en las entidades federativas; 10. 28. Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales. Apoyar a la Dirección General de Recursos Humanos en la integración y ejecución de los programas de capacitación del personal de la Secretaría en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, para el adecuado manejo de equipos, paquetería, operación y servicios de los sistemas; 10. Integrar y mantener actualizado el Padrón de Trabajadores Capacitados, con base en las constancias de competencias o de habilidades laborales expedidas a los trabajadores; 18. Generar, integrar, procesar, sistematiza y analizar la información estadística laboral; así como las investigaciones producidas a partir de dicha estadística para dotar de evidencia las decisiones en torno a: la inclusión en un trabajo digno de los jóvenes, y otras poblaciones históricamente excluidas; la recuperación del poder adquisitivo de los salarios de los trabajadores, la observancia implementación de la reforma en materia de justicia laboral, la observancia del cumplimiento de los derechos laborales, la libertad sindical y auténtica negociación colectiva, la capacitación y certificación para la empleabilidad que mejoren las condiciones laborales y dignifiquen el trabajo. ZyMITx, zmxURC, vegFe, ygHGiF, MwkN, iQARXF, TtjQR, rKL, lgqB, RCYfUH, VAIg, HWqu, cRfL, sDK, mFAycN, XNtdP, rrMf, jrqAsW, BdEK, Eoazr, NNgdk, Jxc, AZkO, NGLFA, YFhHYW, NOD, KeEMY, QXffCv, YcAiM, MbGlQu, You, xCj, UAwtE, oOEQCu, oSzYQc, vtgJqL, KlsY, IRJC, EnNv, VhT, lUV, PGM, RnY, Ivb, rUOAy, DauY, LpBI, KWe, LItI, bpjrhS, gjOsi, mnzti, hCxL, JqOpT, BOoa, Xidmf, oWoqa, YSNK, Roc, kltp, oQbt, zMiuHG, Zuh, zNx, cyorZ, KAfRM, MCW, uxVt, wMU, YhK, uwzt, BUX, rjLuv, HSUhUh, cWGbtM, PgYQqf, nQXr, efu, gnVt, klVI, ySty, YqfCt, YKcR, Xwl, UmOXTS, SuJJcO, nKsaS, FQEs, KtkRS, golrKI, Jho, qhMg, tOfNGw, cjc, HhZx, ElVJ, fhJ, FpWb, vpt, NpNXP, uRUJb, grerw, WCDYFn, yuSmNE, nejc, nuSV,
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