endobj /AvgWidth 401 APELANTE : BELTRAN MENDOZA FLORES y OLINDA GUTIÉRREZ TREVIÑO. /ItalicAngle 0 /Widths 6 0 R Recurso: 155/2007, Orden: Administrativo Recurso: 263/2007, Orden: Administrativo N° 003861 del 28/1/2022.REGISTRO : Predios de Lima.ACTO : Modificación y ampliación de declaratoria de fábrica.SUMILLAS : /CapHeight 728 /CapHeight 693 /Widths 9 0 R Fecha: 26/03/2010 /Descent -210 /LastChar 56 TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCIÓN N.° 013-2019-SUNARP-TR-T Trujillo, 8 de enero de dos mil diecinueve. El condominio está compuesto de fincas, dinero y acciones, que se adjudican a los hermanos en la misma proporción, cubriendo los excesos/defectos de adj... PLANTEAMIENTO¿Es igual, a efectos del ITPyAJD, en qué comunidad autónoma realices una división horizontal, creando así una comunidad de propietarios? /Supplement 0 /Filter /FlateDecode /MaxWidth 2558 /MaxWidth 2665 El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en Navarra (ITPYAJD Navarra) se encuentra regulado en el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones ... Orden: Fiscal TRIBUNAL REGISTRAL. . /FontWeight 700 /BaseFont /Times#20New#20Roman,Bold /ca 1 ISD. Massigoge Benegiu, Juan Miguel Fecha: 11/05/2007 RECURSO : H.T.D. resoluciones n.°s 929-2012-SUNARP-TR-L (en un procedimiento de bien puede  impugnar la liquidación, por lo que es necesario resolver sobre          la cuestión que plantea.Pues bien,  al filo de la evolución legislativa producida  en el Impuesto y la sustitución del concepto verdadero valor"   por el de "valor real"; la vinculación en algún momento con el valor a efectos de). Resolución: 0365-03, Órgano: Sg De Impuestos Patrimoniales, Tasas Y Precios Públicos endobj Resolución: V0938-07, Órgano: Sg Tributos /XHeight 250 este Supremo Tribunal considera que a fin de no vulnerar el derecho crediticio de la entidad . 14 0 obj de Hacienda. Versión original. << Castilla y León, Modelo de solicitud de propuesta de valoración de bien inmueble rústico. Recurso: 400/2004, Orden: Administrativo /Quality 60 x���uP]_�?z����5@�ܝ�.��vq���������5@�����랙W��u��]��8��Y�>��{=/. /FontBBox [-628 -210 2000 728] /Encoding /WinAnsiEncoding APELANTE Y1NG MIJAEL VALENZUELA VARGAS RECURSO 362-2018 PROCEDENCIA : ZONA REGISTRAL N.° VII— SEDE HUARAZ REGISTRO DE PREDIOS DE HUARAZ ACTO(S) INMATRICULACIÓN SUMILLA(S): Acreditación de la naturaleza rural del predio a inmatricular /Subtype /Image Resolución: V2146-06, Órgano: Sg De Impuestos Patrimoniales, Tasas Y Precios Públicos << << Tribunal: Tsj Madrid /Flags 32 En materia de contrataciones: Contrataciones bajo el ámbito del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, […] hެW�n�8��@0$u%Pp���"����Ad���+K�$7I��3�h+N�ARCΐ�3)g��T�Tb#Yb0�؆,L��e�m̔�&L��&�#b��YG�— � endobj /FirstChar 32 Entonces, no serán objeto de calificación los fundamentos fácticos o jurídicos que llevaron a la administración a expedir la resolución que . /Descent -210 /Encoding /WinAnsiEncoding /Encoding /WinAnsiEncoding (y las en ella citadas) * INTRODUCCIÓN: En este artículo se argumenta que es contraria a Derecho la doctrina de la DGSJ, según la cual cuando el arrendamiento de vivienda se extingue legalmente por transmisión de la finca, (por ejemplo, por adjudicación en subasta) esa transmisión no genera derecho de retracto para el arrendatario. %PDF-1.4 %���� >> endobj Por lo tanto, de /MaxWidth 2628 >> Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. 11 0 obj /Type /FontDescriptor Por lo que es necesario citar resoluciones del Tribunal Registral sobre la materia: resolución n.° 1990-2018-SUNARP-TR-L (respecto de las plazas de estacionamientos) y . /Type /Font D.F. TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCIÓN No.- 2033 - 2022-SUNARP-TR Lima,27 de mayo de 2022 APELANTE : ANDRÉS MARIO ÁLVAREZ PINEDA TÍTULO : Nº 959346 del 31/3/2022. 5 0 obj /Subtype /TrueType /FirstChar 32 RESOLUCION No. 7 0 obj TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCI6N No. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES Resolver apelaciones contra resoluciones dictadas por los Registros que conforman el Registro Nacional, con base en la normativa vigente. 0 Todas las colecciones jurisprudencia legislación resoluciones temas formularios noticias prácticos convenios subvenciones libros cursos revista /CapHeight 728 Num. << Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), Consultar los datos de un vehículo - Consulta Vehicular, Obtener la Tarjeta de Identificación Vehicular Electrónica (TIVe), Solicitar certificado literal de partida a Sunarp, Acceder a la Plataforma de Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), Buscar y reservar el nombre de una empresa en la Sunarp, Solicitar duplicado de la Tarjeta de Identidad Vehicular (TIV), Todos los compendios de normas y documentos legales, Todos los compendios de informes y publicaciones, Texto único de procedimientos administrativos (TUPA), Política de privacidad para el manejo de datos en Gob.pe, Normas y Resoluciones - Zona Registral N° V Sede Trujillo, Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Resoluciones de la Jefatura - Zona Registral N° V Sede Trujillo (4404), Resoluciones de la Unidad de Administración - Zona Registral N° V Sede Trujillo (18), Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 102-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 101-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 100-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 098-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 097-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 096-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 095-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 094-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 093-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 092-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 091-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 090-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 089-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 084-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 088-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 087-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 086-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 085-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 083-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF, Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 082-2022-SUNARP/ZRN.°V-JEF. 3ª Régimen transitorio del Reglamento General de Recaudación. Boletín: Boletín Oficial del Estado Órgano Emisor: Jefatura Del Estado, Boletín: Boletín Oficial del Estado TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCIÓN N.° 993-2019-SUNARP-TR-T Trujillo, 19 de diciembre de dos mil diecinueve APELANTE : TATIANOVA ABANTO TAFUR TITULO : 1953127 — 2019 del 19.8.2019 RECURSO : 423 — 2019 PROCEDENCIA : ZONA REGISTRAL N.° II— SEDE CHICLAYO . respecto de la calificación de resoluciones judiciales, este Tribunal en el V Pleno llevado a cabo en sesión ordinaria realizada /Ascent 905 10 0 obj /ItalicAngle 0 - Resolución N° 22 del 3/12/2019. endobj /Type /Font N° 009156 del 16/5/2022. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 23 de la Ley Nº 26366, . Núm. PQ �� � B'�����E�t'�����q��~�bу_!��6��]��O����� nt3n�� �+�Q^A�s�B돒�s��S��8�ztj�mF�s���%�� ���F���C� ���M�?P�E@�AB�� 'x��e����-�g�n�D�a�: �_��@ss��rK��{�@�[s�O��]�I�%{Z�"�9�㋄ �0!7���w�Lr_��l�b?�����(��m��LT��=���r����Ѕ�������C�*;���&pk�}���'rQ�����h*z�L�)}������-&3r���e��� i�֕ n�[������������ |�4p�}��d��uk[֬�b��˗-]r��˚�\�0{��)����Ϋ9�vx����!�+ ��߯�,YZ�(�Ǣ��p(������P�6�Ŭ�dIx�`4`|bBs,�l�������ljP����9�� }�dbͬZ�o�4Լ�[5�Z�t�&Vcu�n����D,sd\"֍�N������IOf�v[����x��q�n���Lذ�m|�8�]�Y��X8 �+f � e|�5��7 Fecha: 25/10/2006 << Modificación de la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas. Versión anterior. Illes Balears, Análisis doctrinal de los efectos fiscales de la extinción del condominio, Caso práctico: Extinción del condominio procedente de una herencia en el IRPF, Caso practico: Tributación en el ITPyAJD de la división horizontal para crear una comunidad de propietarios, Caso práctico: transmisibilidad de las sanciones en caso de deudas tributarias pendientes de entidades disueltas y liquidadas, Caso práctico: Tributación ITPyAJD liquidación SL unipersonal, Resolución Vinculante de DGT, V2146-06, 25-10-2006, Resolución No Vinculante de DGT, 0365-03, 06-03-2003, Resolución No Vinculante de DGT, 0259-03, 25-02-2003, Resolución Vinculante de DGT, V0938-07, 11-05-2007, Resolución Vinculante de DGT, V0722-12, 09-04-2012, Asistencia internacional en la recaudación tributaria, Prohibición de disponer de los bienes inmuebles pertenecientes a las sociedades controladas por el deudor tributario, CURSO SOBRE LOS PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA. : [NUMERO]Examinadas las actuaciones administrativas seguidas como consecuencia de las deudas contraídas con la Seguridad... NOTA: El acto de declaración de responsabilidad será notificado a los responsables. /ItalicAngle 0 /XHeight 250 Fecha: 15/12/1999 h�bbd``b`�@��"�`� � JUEZ DEL TRIBUNAL NATURALEZA DEL TRABAJO Resolución de recursos y apelaciones sometidos al conocimiento del Tribunal Registral Administrativo. /Type /FontDescriptor /FontBBox [-558 -216 2000 677] REGISTRO : Predios de Arequipa. >> endstream endobj startxref 2019 del 1/7/2019 expedido por la Municipalidad Distrital de Andres Avelino Caceres Dorregaray. Fecha: 25/02/2003 /MaxWidth 2665 FUNDAMENTOS DE DERECHOSe impugna por el recurrente en primer término la procedencia de la derivación de responsabilidad efectuada, por entender que no   se ha agotado la vía previa contra los responsables del tributo, especialmente los administradores de la sociedad adquirente del bien en la transmisión sujeta al impuesto impagado.La  responsabilidad exigida  es  de  carácter  real,   no personal, y tiene su fundamento legal en el articulo 5º.1 del vigente Texto Refundido del Impuesto,  de 24 de septiembre de 1993 (precepto de larga tradición en el tributo, redactado en los mismos términos en las diversas leyes que lo han venido rigiendo):"Los bienes  y  derechos transmitidos quedarán  afectos, cualquiera que sea su poseedor, a la responsabilidad del pago de  los impuestos  que graven tales  transmisiones, salvo que aquél  resulte  ser un  tercero protegido  por  la fe  pública registral  o se justifique  la adquisición de   los bienes con buena fe y justo titulo en establecimiento mercantil o industrial en el caso de bienes muebles no inscribibles. En esta sección encontrarás las resoluciones emitidas por la Zona Registral N° V - Sede Trujillo. 16 0 obj Num. Resolución: V0722-12, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, ITPYAJD (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados), Todos los cambios efectuados correctamente. Ponente: 2019-SUNARP-TR-T y en lo acordado por el Pleno del Tribunal Registral que se realizó el 17 y 18 de diciembre del año 2019: "Sustitución de régimen patrimonial en una unión de hecho Procede la inscripción de la sustitución de régimen patrimonial de los convivientes integrantes de una unión de hecho reconocida judicial o notarialmente. A diferencia de los supuestos de responsabilidad solidaria,    no basta con que   se haya  impagado la deuda al vencimiento del plazo de ingreso voluntario (artículo 12.1 R.G.R. Lorente Almiñana, Juan Luis, Orden: Administrativo Fecha: 10/10/2008 APELANTE: . Observaciones. << RESOLUCIÓN No. - Resolución N° 21 del 11/9/2019. ITPYAJD, ISD. Ponente: /FontWeight 400 Que, de acuerdo al artículo 23 de la Ley Nº 26366, modificada por la Ley Nº 30065, el Tribunal Registral es el órgano que resuelve en segunda y última instancia administrativa registral las apelaciones contra las denegatorias de inscripción y demás actos registrales expedidos por los Registradores en primera instancia; /XHeight 250 /Ascent 891 -2019-SUNARP-TR-L Lima, 0 8 MAR. TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCIÓN N.° 373-2019-SUNARP-TR-T Trujillo, 5 de junio de dos mil diecinueve. Fecha: 09/04/2012 - X3L ( -2019-SUNARP-TR-L y validos, produciendo todos sus efectos y legitiman al titular registral para actuar conforme a ellos, mientras no se rectifiquen en los terminos establecidos en el RGRP, se declare judicial o arbitralmente su invalidez, o se cancelen en sede administrativa por haberse acreditado la suplantacion D.T. Fecha última revisión: 18/10/2022. Jurisprudencia relacionada. /Ordering (Identity) /FontBBox [-568 -216 2046 693] TITULO : N° 3087468 del 5/11/2021.RECURSO : H.T. /FontDescriptor 5 0 R /Leading 42 REGISTRO: TODOS LOS REGISTROS . [Casación 33356-2019, Del Santa] Juris.pe. 4.1 El objeto del presente contrato es la constitución de un patrimonio fideicometido con carácter irrevocable, para lo cual UCAL transfiere en dominio fiduciario a La Fiduciaria losbienes fideicometidos. endobj /Descent -210 /XHeight 250 Vieites Perez, Carlos Damian /Descent -216 %PDF-1.5 REGISTRO : Predios de Lima. %PDF-1.5 /XHeight 250 /Type /Font N° 5938 del 12/7/2019. Tribunal: Tsj Comunidad Valenciana /FirstChar 32 En el activo solamente posee un inmueble destinado a alquiler. << Núm. endobj /Width 907 N° 7502 del 2/1/2019. TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCIÓN No. DEL TRIBUNAL REGISTRAL Nº 298-2019-SUNARP/PT Lima, 26 de diciembre de 2019. /MaxWidth 2614 perjuicio al no realizarse la rectificación del asiento registral, es decir, mientras no se corrija la irregularidad cometida por la Oficina /Subtype /TrueType endobj N° 2159855 del 24/9/2018. /Type /ExtGState /FontWeight 400 /Registry (Adobe) Fecha última revisión: 27/07/2021. 8 0 obj << Num. /AvgWidth 427 Fecha: 15/06/2010 i���[ȍ�����'�ʏ�� �m�^�'�� ��n�m�k�W�x*n ��j�Sn-��C`[�����Sx���ܣ�3�7bQ�x�=�D?F?A��Vx�^�o�o��X2������!��{i���h�=����x8��/�K�F�ߍ�G��2��"+��R���?���:�&��6��������U�nAӁ6C��E?�7ۇ��w`;���l�6�b8�g��`�߁�O�p�Cl" �8)�-A֒���C�(lo���9W̥��\�ȭ�Vm�ö��+��9�s�p��CxRxFxA8%Z�e$�~�ў�=�gQv[��lG�+�W�>��Z� �������Bob�.���Q�"��|����7���X���,�m��0k� 2��!Sa��,&-d;��t���YN�̜��p���\��[�]���e�׹���qg�s��x����|�O������O�����y�k‡�"�o�����I��i�t�I�K�#�%7u��v������s����nt'����@���"n2J%O�m�z�EJ��őd$��N�I��Kd9CFr��$-'C���n�i����I�yx���-��hA�Zx毹�|�{ ����0�3�`>I����%�Aq�!�s�_�v��)�ȷO�O�\��+�W\qd /XHeight 250 /BitsPerComponent 8 Sentencia Administrativo Nº 1567/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. ); en contraposición con los casos de responsabilidad subsidiaria,    no es necesario llegar al final del procedimiento ejecutivo y que se produzca la declaración de fallido del deudor principal (art.14.1 del R.G.R.). << /Type /Font ),  sino  que  "si  no paga,  se ejecutará  el bien  para satisfacer la deuda inicial,   recargo de apremio,  intereses y costas"  (articulo 37.2 del  R.G.R. SUMILLA : RENOVACIÓN DE HIPOTECA El Peruano - Disponen la publicación de los precedentes de observancia obligatoria aprobados en sesión ordinaria del 220° Pleno del Tribunal Registral, modalidad presencial - RESOLUCION - N° 298-2019-SUNARP/PT - ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS - SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS /AvgWidth 441 /Leading 33 /MaxWidth 2628 /FontWeight 400 /CapHeight 677 /Type /FontDescriptor Criterios para determinar que la . /Flags 32 /Type /ExtGState 11 0 obj 8ª. Ponente: TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCION No. De acuerdo con esos documentos correspondientes a los CCLXIX Pleno y CCLXX Pleno del Tribunal Registral, se trata de lineamientos administrativos relativos a los efectos cancelatorios del pago del precio de la transferencia por trato directo, bajo el Decreto Legislativo N° 1192; y a la inscripción individual de lotes a solicitud de poseedores . ITPYAJD. /CapHeight 728 w���r�I� }��Q RPx�$�#���'4�.�}B�Ӝ@�P��z=�����A�>W�B�P� �q�!��mE"�%��� P�C�u� h�b```a``�d`f`Xs�����2l@̱���ه�q��R ��D���L�4G�ƎS�s�"S}=�'N�ֹ=��]�����������Ah0�pZZ�n�NQ�-�4'����� t�CC'Cg�������0�3�0�0nd+B��s�3^`g�c� ���`�����~�1��@ڈ���(� � �/Z Presidenta del tribunal Registral SUNARP J-1803241-1 TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL REGISTRAL N° 201-2019-SUNARP/PT Lima, 16 de agosto de 2019. Presidenta del tribunal Registral SUNARP J-1803241-1 TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL REGISTRAL N° 201-2019-SUNARP/PT Lima, 16 de agosto de 2019. 167 0 obj <> endobj 4 0 obj 3��Əh'H�B�2�ĸ�@bmA�+�`Qf��9�Dž��Ɓ2x���e����X4�=��H�1�e�m�m����n�V�e�)ˢĢ��d����. Tribunal: Tsj Madrid >> /BM /Normal /ItalicAngle 0 . 4 'SUMILLA PRESCRIPCION ADQUISITIVA QUE RECAE PARCIALMENTE SOBRE DOS 0 MAS PARTIDAS 'Si la prescripcién . >> RESOLUCIÓN N.°725-2019-SUNARP-TR-T para la aprobación de determinados actos administrativos relativos a la incorporación o modificación física del predio. %%EOF >> 2019 JUDITH CAREN LAZARO QUISPE. Núm. /CapHeight 728 Estás utilizando un navegador con navegación privada o en modo incógnito. /Type /FontDescriptor ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL TRIBUNAL REGISTRAL N° 127-2019-SUNARP/PT PRECEDENTES APROBADOS Sesión Extraordinaria Nº 224º realizada el 27 y 28 de febrero del 2020 1. - (^2.;! /Encoding /WinAnsiEncoding /FirstChar 32 TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCIÓN 871-2019-SUNARP-TR-L. Lima, 03 ABRIL 2019. Número: 303 endobj /StemV 42 >> ¿Quiénes son los responsables del pago del IRNR?A TENER EN CUENTA. Jurisp. endobj de 30-12-80,   según la redacción dada porla  ;Ley 29/1987,  de   18 de diciembre). /Flags 32 stream 9, Rec 155/2007, 18-09-2008, Sentencia Administrativo Nº 300/2010, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso, Sec. endobj RESPUESTAPara responder a esta cuestión, vamos a analizar qué ocurre si un promotor quiere r... PLANTEAMIENTOAnálisis del nuevo criterio del Tribunal Económico Administrativo (TEAC) sobre la transmisibilidad de las sanciones en caso de deudas tributarias pendientes de entidades disueltas y liquidadas.RESPUESTACambio de criterio TEAC respecto... PLANTEAMIENTOTenemos una SL unipersonal, siendo el único socio una persona física. La figura del responsable tiene el mismo objeto uque la figura del representante, es decir, garantizar el efectivo cobro del tributo. Adquirido un bien inmueble en cuya inscripción registral figuraba la nota marginal de afección al pago del Impuesto . Por último, el adquirente,   a diferencia del responsable, no responde del pago de la deuda tributaria "con todos  sus  bienes   presentes y  futuros"  (artículo 10.5  del R.G.R. 9, Rec 263/2007, 15-06-2010, Sentencia Administrativo TSJ Comunidad Valenciana, 15-12-1999, Sentencia Administrativo Nº 1360/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. Fecha de entrada en vigor: 01/01/2006 Predios de Huancayo. ACCEDE A NUESTROS SERVICIOS EN LÍNEA DE MANERA FÁCIL Y SEGURA, Plataforma digital única del Estado Peruano. /Subtype /TrueType [278 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 278 333 278 278 556 556 556 556 556 556 556 556 556 556 333 0 0 0 0 0 0 722 722 722 722 667 611 778 722 278 0 0 611 833 722 778 667 0 722 667 611 722 667 0 0 667 611 0 0 0 0 0 0 556 611 556 611 556 0 611 611 278 0 0 278 889 611 611 0 611 389 556 333 611 556 0 0 556 500 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 400 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 722 0 0 0 0 0 0 0 667 0 0 0 278 0 0 0 722 0 778 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 278 0 0 0 0 0 611] 10ª. /Widths 9 0 R Por otro lado, el 6 de junio de 2019, el Congreso de los Estados Unidos aprobó, a través de la Ley Pública 116-20, $2,431,000,000 en fondos CDBG-DR para satisfacer las necesidades específicas de infraestructura resultantes de desastres del 2017 y cubrir las necesidades no satisfechas relacionadas con desastres declarados en el 2018 y 2019. /StemV 44 Fecha de Publicación: 18/12/2003 /BaseFont /Arial Si es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso: LEY 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Fecha de entrada en vigor: 01/01/1988 D.T. >> DE [LUGAR]ÓRGANO COMPETENTE [ESPECIFICAR] Don/Doña [NOMBRE] mayor de edad, con DNI [DNI], y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en su propio n... OFICIOS/Ref: SECCIÓN DERIVACIONES RESPONSABILIDADFecha: [FECHA]Notificación: [FECHA]Asunto: Acuerdo de iniciación.Expte. 130 de la Ley N° 27333 /FirstChar 32 endobj - 4442 -2022-SUNARP-TR Lima,07 de noviembre de 2022. /Ascent 891 6 0 obj 15 0 obj /Flags 32 Sentencia: 300/2010 18 0 obj /BM /Normal - 280 -2021-SUNARP-TR-L Lima, 10 de febrero 2021 . D.F. /Length 12006 Num. /AvgWidth 479 4ª. Sentencia: 655/2010 - 795 -2022-SUNARP-TR Lima, 04 de marzo de 2022 APELANTE : FLOR DE MARÍA CASTILLO GARCÍA. ¿Cómo tributa?ANÁLISISDe las DGT V3448-16, de 20/07/2016 y DGT V0218-13, de 28/01/2013, se pueden extraer las siguientes conclusiones acerca de la tributación de o... PLANTEAMIENTOCuatro hermanos tienen un condominio procedente de una herencia recibida en 2018. /Widths 12 0 R A propósito de la Resolución de 1 de diciembre de 2022. /Type /Font 9 0 obj Fecha última revisión: 12/12/2022. /Ascent 905 /Subtype /TrueType /AvgWidth 479 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 23 de la Ley Nº 26366, modificada por la Ley Nº 30065, el Tribunal Registral es el órgano que resuelve en segunda y última . Desarrollo normativo de actuaciones y procedimientos por medios electrónicos, informáticos y telemáticos y relativos a medios de autenticación. Así, la Sentencia del Tribunal Supremo de 1 de diciembre de 1993, señala que "en las  enajenaciones  onerosas   de bienes donde  exista  un precio en dinero,  marcado  por  la Ley  o  determinado por Autoridad   o funcionario idóneo para ello, ésta será la base impositiva".Lo que se confirmó en sentencias posteriores, como las de 10 de octubre de 1995 y 19 de noviembre de 1996; y motivó que este Tribunal hiciera suya la tesis a partir de su Resoluciónde 25 de enero de 1996 (así, entre otras, las de 7 de marzo de 1996, 26 de septiembre de 1996 y 12 de junio de 1997).Es cierto que en el caso que nos ocupa no se adjudicó el bien estrictamente en subasta,    sino mediante la adquisición directa prevista en el articulo 150 del Reglamento General de Recaudación, al no haber habido postores adecuados en aquélla, pero es claro que la razón invocada por el Tribunal Supremo, de darse las notas de publicidad, concurrencia y transparencia en estos procedimientos., de tal modo que acreditan que el importe de  la  adjudicación es  el  valor real;  tal razón  se  puede apreciar también en estos casos,  sin necesidad de un esfuerzo interpretativo  importante;  y más,  cuando  la Administración actuante es la misma en la fase liquidatoria y en el procedimiento de recaudación. /FontName /Arial,Bold Así para la subdivisión de predios. Decreto Ejecutivo: 24779 del: 13/10/1995 Estado: NO VIGENTE Nombre: Reglamento Ley Reguladora de las Agencias de Viajes . /CA 1 /BaseFont /Arial 210 0 obj <>stream TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCIÓN No. No tiene ninguna persona asalariada.En el momento en que el único socio se adjudique en la liquidaci... Órgano: Sg De Impuestos Patrimoniales, Tasas Y Precios Públicos 13 0 obj Num. /Type /FontDescriptor /FontBBox [-665 -210 2000 728] 2ª Obtención de información, facultades y adopción de medidas cautelares en la gestión recaudatoria. H.T.D. Número: 210 /FontName /Times#20New#20Roman /FontDescriptor 8 0 R >> ACTO : Renovación de hipoteca. [250 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 500 500 500 500 500 500 500] /Type /XObject /FontName /Arial,Bold Estiman tercería interpuesta por cónyuge no deudor sobre bien social aunque solo el deudor sea titular registral [Casación 360-2007, Lima] lunes, enero 9, 2023 . Número: 302 /FontName /Arial RECURSO : H.T.D. N° 08 01-2018.020083 del 20/12/2018. /LastChar 250 [278 0 0 0 0 0 0 0 333 333 0 0 278 333 278 0 556 556 556 556 556 556 556 556 556 556 333 0 0 0 0 0 0 722 722 722 722 667 611 778 722 278 556 0 611 833 722 778 667 778 722 667 611 722 667 0 0 667 611 0 0 0 0 0 0 556 611 556 611 556 333 611 611 278 0 0 278 889 611 611 611 611 389 556 333 611 556 0 556 556 500 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 400 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 722 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 278 0 0 0 0 0 778 0 0 0 0 0 0 722 0 0 0 0 0 0 556 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 278 0 0 0 611 0 611 0 0 0 0 0 0 611] 4, Rec 599/2009, 26-03-2010, Impuesto sobre Transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados NAVARRA (ITPYAJD), Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ÁLAVA (ITPAJD), Formulario de recurso de reposición contra derivación de responsabilidad, Requerimiento de la SS acordando el inicio de expediente de derivación de responsabilidad por incumplimiento deber de disolución, Oposición a acción administrativa de derivación de responsabilidad subsidiaria por parte de la administración concursal, Modelo de solicitud de información de valor de bienes rústicos. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de Álava (ITPYAJD Álava),  se regula en la Norma Foral 11/2003, de 31 de marzo, del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, y en el ... AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ADMINISTRACIÓN DE LA A.E.A.T. /StemV 47 En esta sección encontrarás las resoluciones emitidas por la Zona Registral N° V - Sede Trujillo. Este compendio agrupa las siguientes publicaciones: Resoluciones de la Jefatura - Zona Registral N° V Sede Trujillo (4404) con las resoluciones en las que se adoptó el criterio, se publicarán en la página web de la SUNARP"; Estando a la facultad conferida por el artículo 7 numerales 13) y 14) del Reglamento del . Fecha última revisión: 24/01/2020. >>] /Flags 32 /ItalicAngle 0 Acciones y resoluciones constitucionales. endobj /Filter [/FlateDecode /DCTDecode] - -2019-SUNARP-TR-L Lima, 12 SEP. 2019 MARCOS ANTONIO MARTINEZ VILLAYZAN: N° 1536715 de 1/7/2019. /Height 98 << /FontWeight 700 /Encoding /WinAnsiEncoding Huet De Sande, Angeles endobj /FirstChar 32 /FontDescriptor 8 0 R /Ascent 905 << endobj Órgano Emisor: Ministerio De Economia Y Hacienda, Orden: Administrativo 12 0 obj /DecodeParms [null << 7 0 obj �0����Խ݀�#/��>E���M�j��b4MC����ܕh:�߄j�E� TÍTULO : Nº 1259449 del 3/5/2022. Modificación de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias. 9 0 obj x��� |�� �ޛsg�����dX �B ��V�"A"A@n!�x��x��V�-x�۲9� �P�Z���V[�V#�,�q(=ufE�{�M���uH�7��=w�؝��W\�fɪ�?��BȜY��˯���9�E�j]�x���fՍE��^?l)8�L#���㒥��_����p\�׼r��~� %���� /Type /FontDescriptor sin pagar la deuda apremiada,   que es lo que aquí sucedió. SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegación al Gerente General Delegar en el/la Gerente General de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (en adelante, ARCC), durante el Año Fiscal 2023, las siguientes facultades: 1.1. Invoca  a tal  fin diversas  sentencias del  Tribunal Supremo y Resoluciones de este Tribunal Central.Ante  todo,  cono   resulta del  articulo 41  L.0.T.,  debe  señalarse  que,  desde   luego, el  adquirente  del. /Ascent 905 Tribunal: Tsj Comunidad Valenciana 179 0 obj <>/Filter/FlateDecode/ID[<8D2A450CBDD31C4A9C724E1D57543207><8D2A450CBDD31C4A9C724E1D57543207>]/Index[167 44]/Info 166 0 R/Length 76/Prev 327933/Root 168 0 R/Size 211/Type/XRef/W[1 2 1]>>stream Régimen transitorio de las subastas. /ItalicAngle 0 Ponente: stream /FontName /Times#20New#20Roman,Bold Num. 4, Rec 400/2004, 10-10-2008, Sentencia Administrativo Nº 655/2010, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. /StemV 40 Fecha: 06/03/2003 �n���X���5⏭����ǮX�jq��Ep�/_�z��\tB[CϯY�x���|ǟ�KT �ۆ�#�ƒB\�r�w�r�byB�q4(w] -E&Hh��1�F��ׅ7��q�4 >> Tribunal: Tsj Madrid /Length1 37912 /FontName /Arial /StemV 47 �E�ƍ0�P5�4��͊��*f��0i]Uʤh�b2��c��$�' p"��٧Opj&�B�QV�i���Z�e�?�|3Ť|�=kMç���F?���S]�b���û{�٧��'sv}���پ��l?�v��r�'���QV��Ÿ��b�p������L�rw��0P@ h��� �+C'0�S��*]�c�au��sg��r8��Ә|�a�+SN`��s��>�9���0���;�k��+�?-纀8�|�e�������^+3�7p��W��桄��*�,4���"�!�oP��6�0ѳJk��� /Type /Font << /AvgWidth 441 - Resolución N° 20 del 21/4/2019. >> APELANTE YRMA DEL PILAR SILVA ARELLANO . Núm. Decreto Supremo Nº 004-2019--86 HQDGHODQWH ³782GHOD/H\1 ´ ; asimismo, se debe precisar que el plazo indicado, al ser . 7ª. /FontDescriptor 11 0 R endobj APELANTE TiTULO RECURSO feEGISTRO TO MILLA >> RECURSO 141-2019 PROCEDENCIA : ZONA REGISTRAL N.° V — SEDE TRUJILLO REGISTRO DE PREDIOS DE TRUJILLO ACTO(S) MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO INTERNO E INDEPENDIZACIÓN . endobj /BaseFont /Arial,Bold /Length 23628 lo sitúe  en el Capitulo  dedicado   a  las garantías, como ya  hemos dicho. N° 32920 del 26/7/2022. Ponente: Versión siguiente. << ResumenLas Comunidades Autónomas podrán asumir competencias normativas sobre los tipos de gravamen, deducciones y bonificaciones de la cuota y, sobre los aspectos de gestión y liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Ju... Orden: Fiscal /Leading 33 D.T. ���( �$��A=@b�M 0�����������+J�3��0 �#S (Ar.174 LGT)A [ORGANO] (1)Don/Doña [NOMBRE] con NIF [NIF], y domicilio fiscal en [DOMICILIO_FISCAL], actuando en nombre y representación de la sociedad [NOMBRE_E... PLANTEAMIENTO¿Cuáles son los efectos fiscales de una extinción del condominio? /Interpolate false ), justamente porque,  como dice  la Ley,  "los  adquirentes  de bienes...  responderán con ellos"  (artículo 41 L.G.T. 8 0 obj /StemV 44 /ColorSpace /DeviceRGB /FontBBox [-628 -210 2000 728] En  definitiva,  como cualquier  otra garantía  real, supone una afección patrimonial    individualizada, de un bien concreto que es el único que,   llegado el caso,  se ejecuta; y         también  como  tal  garantía  real, accede  al  Registro de  la Propiedad de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 122 del Reglamento del Impuesto, mediante la oportuna nota marginal.CUARTO.- Se pide subsidiariamente por el recurrente que se anule la liquidación practicada y se sustituya por otra en la  que la base no sea el valor comprobado,   sino el importe de la  adjudicación  efectuada   en su  favor del  mismo  bien por  la   Hacienda  Pública. 6 0 obj >> /Subtype /TrueType /LastChar 250 [250] [278 0 0 0 0 0 0 0 333 333 0 0 278 333 278 278 556 556 556 556 556 556 556 556 556 556 278 278 0 0 0 556 0 667 667 722 722 667 611 778 722 278 500 0 556 833 722 778 667 778 722 667 611 722 667 0 667 667 611 0 0 0 0 0 0 556 556 500 556 556 278 556 556 222 222 0 222 833 556 556 556 556 333 500 278 556 500 0 500 500 500 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 400 0 0 0 0 0 0 0 0 0 365 0 0 0 0 611 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 722 0 778 0 0 0 0 0 0 722 0 0 0 0 0 0 556 0 0 0 0 0 0 0 556 0 0 0 278 0 0 0 556 0 556 0 0 0 0 0 0 556] /Encoding /WinAnsiEncoding /FontBBox [-665 -210 2000 728] endobj %���� << Fecha de Publicación: 19/12/1987 /Subtype /TrueType /Descent -216 . 4 0 obj /LastChar 32 /BaseFont /Arial,Bold 2 . endobj 0 Basanta Rodriguez, Amalia << ).Siendo ésta pues,  su naturaleza, es lógico que funcione como tal garantía real, es decir, que no está sujeta a un orden de subsidiariedad respecto de los posibles responsables,   sino que, como resulta de las normas transcritas, el único requisito es que el sujeto pasivo haya dejado pasar el plazo del articulo 108 R.G.R. >> /Flags 32 Num. endobj N° 1366856 del 28/06/2017, cuya calificacion registral concluyo con la tacha sustantiva del tftulo, por los mismos fundamentos, los mismos que en segunda instancia registral fueron confirmados por la Tercera Sala del Tribunal Registral de Lima conforme consta de la Resolucion N° 2663-2017-SUNARPTR-L 3.- GITA LEGAL: Art. Fecha: 18/09/2008 10 0 obj /LastChar 243 /FontWeight 700 No  se considerará protegido por la fe pública registral el tercero cuando en el Registro conste expresamente la afección".TERCERO.- El supuesto del que tratamos, que encaja en el artículo 41 de la L.G.T., no es un caso de responsabilidad, sino de garantía real, como lo acredite  el  hecho  de  que el propio  R.G.R. /FontDescriptor 11 0 R Et Recuc | Rajeev TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCION N° 083-2020-SUNARP-TR-A Arequipa, 30 de enero de 2020 APELANTE : VIVIAN INGRID DIAZ GODOY TITULO : _N°01327879 DEL 05.06.2019 RECURSO : H.T.N° 15259 DEL 04.11.2019 REGISTRO : PREDIOS - TACNA \acto i PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 23 de la Ley Nº 26366, modificada por la Ley Nº 30065, el Tribunal Registral es el órgano que resuelve en segunda y última . D.F. Órgano Emisor: Jefatura Del Estado, Boletín: Boletín Oficial del Estado H.T.D. /Descent -210 /FontDescriptor 5 0 R Por lo que, en suma, la pretensión ha de prosperar en este extremo. Recurso: 599/2009, Orden: Fiscal 12 0 obj endobj >> Impuesto sobre el Patrimonio y su desvinculación posterior, fue generándose una jurisprudencia limitativa  del derecho a comprobar el valor que en principio atribuye a la Administración,   "en  todo  caso", el  artículo   46 del Texto  Refundido vigente,  de 24 de septiembre de 1993 (cono antes el articulo 49 del T.R. >> Criterio sustentado en las Resoluciones N° 2579-2019-SUNARP-TR-L, N° 1873-2019-SUNARP-TR-L, N° 1789-2018-SUNARP-TR-L, 1589 . Estado, únicamente se sustituirá en lugar del titular registral a fin de efectivizar la transferencia del predio identificado por el titular del proyecto, con el sustento elaborado por este en el respectivo Plan de . /BaseFont /Times#20New#20Roman Sentencia: 1360/2008 >> /Widths 6 0 R 4.2 La finalidad del presente contrato es: 1) La administración de los derechos de cobro y los flujos dinerarios; y 1/) Servir como . << /Leading 33 La afección la harán constar los notarios por medio de la oportuna advertencia  en  los documentos que  autoricen. - Resoluciones del Tribunal Registral N° 699-2018-SUNARP-1R-T, N° 245-2019-SUNARP-TR-T, N° 232-2019-SUNARP-TR-A, N° 111-2019-SUNARP-TR-A, N° 026-2019-SUNARP-TR-A FUNDAMENTOS DE LA. Num. /Leading 42 /Leading 33 Sentencia: 1567/2008 [278 0 355 0 0 0 0 0 333 333 0 0 278 333 278 278 556 556 556 556 556 556 556 556 556 556 278 278 0 0 0 556 0 667 667 722 722 667 611 778 722 278 500 0 556 833 722 778 667 0 722 667 611 722 667 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 556 556 500 556 556 278 556 556 222 222 0 222 833 556 556 556 556 333 500 278 556 500 0 500 500 500 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 556 0 0 0 0 400 0 0 0 0 0 0 0 0 0 365 556 0 0 0 611 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 556 0 0 0 0 0 0 0 556 0 0 0 278 0 0 0 556 0 556 0 0 0 0 0 0 556] Fecha de entrada en vigor: 01/07/2004 y de las restricciones a las facultades del titular del derecho inscrito y las demandas y sentencias u otras resoluciones que a criterio del juez se refieran a actos o contratos inscribibles, se extinguen a los 10 años de las fechas de las inscripciones, si . Resolución: 0259-03, Órgano: Sg De Impuestos Patrimoniales, Tasas Y Precios Públicos FЇ��X�q��k~�v��`����2���c��,�>�����.�x���T����RH��٬fx���h���ǻ�8��A m!`���v�2[h�U&�/�p�d���1�ы���-�\Z�2˦�0?� ���,�bFY.����[[k�I;�Z�q��(r�H7����qb�SK>1R���=����i����%i���Oqp�B�z{��J��x�Y�����ww?���m�ә���chk�%����x��l����;4�. /LastChar 250 articulo 2019 del Codigo Civil, la actualizacion del tipo y numero del documento de identidad no es un acto inscribible en el Registro de Predios. �������ݓ{���~��AfDa;��\�S�/h \q/z ���v.J����ErM��U�MFG�!���/Fc?�ȍ��C�0jBKуh?�'��0/79wy�W�]@hl���]lN�˝B4 ] �Ӆ~�qٞ��z�� X�j��j�K�2z'��j�"T Fecha de Publicación: 02/09/2005 Núm. TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCION N°l3(o7r2019-SUNARR-TR-L Lima 13 SEP. 2019 CARLOS PELAYO ORE GAMBOA Notario de Huamanga. Señala asimismo, que en diversas resoluciones del Tribunal Registral se ha pronunciado en reiteradas oportunidades en el sentido que estas tienen similar tratamiento que las resoluciones judiciales. Anotacion preventiva de saneamiento ffsico legal. Real Decreto 939/2005 de 29 de Jul (Reglamento General de Recaudación). endstream endobj 168 0 obj <> endobj 169 0 obj <>>>/Rotate 0/Type/Page>> endobj 170 0 obj <>stream Este artículo ha sido modificado por la Ley... Orden: Fiscal << /Widths 12 0 R 5 0 obj

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