En ese contexto, constatamos que la sentencia de vista del treinta de abril de dos mil diecinueve, emitida por la Sala Mixta Descentralizada e Itinerante de Camaná, indudablemente, se encuentra incursa en falta de motivación e inobservancia de normas legales de carácter procesal; razones por las cuales conlleva a estimar la casación interpuesta; consecuentemente, estando a la competencia de este Supremo Tribunal estipulado en el artículo 433 numeral 1 del cuerpo normativo antes invocado, amerita declarar la nulidad de la resolución cuestionada y ordenar se lleve a cabo nueva audiencia de apelación por otro Colegiado Superior, quien tendrá a su cargo emitir decisión en alzada. Duodécimo. La motivación de derecho involucrada en toda sentencia, se relaciona con la aplicación de los preceptos legales y En el cafetal, el acusado Nelson Óscar Lope Cahuana se quitó la casaca y la tendió en el césped, sujetó a la menor agraviada de la mano derecha y la sentó violentamente sobre la casaca, la recostó y se acostó  sobre  ella  impidiendo  que  pudiera  escapar;  con  una  de  sus manos la despojó del short tipo jean y de la ropa interior que llevaba; la menor agraviada se puso a llorar pidiéndole al acusado que la soltara; este, no obstante los ruegos de la menor, se despojó de su pantalón jean y de su prenda interior, levantó los piernas de la menor y la penetró por vía vaginal con el pene; la menor agraviada, por la posición en la que se encontraba, no pudo oponer resistencia, por lo que únicamente se puso a llorar durante la agresión sexual, la cual duró un aproximado de diez (10) minutos; luego el acusado Nelson Óscar Lope Cahuana se levantó y se limpió con papel higiénico, diciéndole a la agraviada que se levante y se vaya, la menor agraviada, asustada y sollozante por lo que había pasado, le dijo: “Profesor, no pensé que eras así, a cuántos habrás hecho así” y se fue caminado con dirección hacia su casa, a donde llegó aproximadamente a las 18:00 horas, y fue reprendida por su mamá, Romula Huayra Castillo, por haber llegado tarde, motivo por el cual y por temor no le contó lo sucedido. Acorde se estableció en el auto de control del recurso de casación, este fue admitido por las causales contenidas en los numerales 2 y 4 del artículo 429 del Código Procesal Penal, a fin de  analizarse  y  determinar  si  los  órganos  de  justicia  han  de incorporar de oficio prueba no ingresada en la etapa intermedia que cumpla la misma finalidad de aquellas admitidas, especialmente en casos sobre violencia sexual contra menores de edad, a fin de evitar su revictimización. Buenos Aires: Editorial Sudamericana, p. 884. 5.1. Posteriormente, su compañera se fue para su casa y el profesor regresó a la Institución Educativa, habiendo esperado que se retiren. Inobservancia de norma legal de carácter procesal-Prueba oficiosa. III. Segundo. Corrido el traslado de la impugnación, una vez más, la Sala Penal Superior, conforme a la Resolución número 19 del quince de enero de dos mil diecinueve (foja 288), convocó a audiencia de apelación de sentencia para el dieciséis de abril del mismo año, la cual se desarrolló acorde al acta de registro respectivo (foja 301). Vigesimoprimero. En este contexto, instruidas las partes procesales sobre la admisión del recurso de casación y del avocamiento del proceso, se señaló como fecha para la audiencia el treinta y uno de enero de dos mil veintidós, mediante decreto del diecisiete de enero de dos mil veintidós (foja   52   del   cuadernillo   formado   en   esta   sede). Edición del Tricentenario. Mediante sentencia del Juzgado Penal Colegiado de Camaná del seis de junio de dos mil diecisiete (foja 90), se condenó, por mayoría, a Gerardo Edgar Parari Pilco como autor del delito contra la libertad sexual-violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor identificada con las iniciales M.S.P.CH., a treinta y cinco años de pena privativa de libertad. 4.3. En el colegio todos sabían que eran enamorados. Como ya dije aquí, la falta de motivación de las sentencias podrá dar lugar a la interposición de recurso extraordinario por infracción procesal, atendiendo al apartado segundo del artículo 469.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que establece que el mismo podrá ampararse en la infracción de las normas procesales reguladoras de la sentencia. La motivación judicial como expediente idóneo de recepción de . [3] Real Academia Española, Diccionario de la lengua española. 75 2.3 Motivación defectuosa. VISTOS: en audiencia privada, mediante el sistema de videoconferencia, el recurso de casación interpuesto por la representante del Ministerio Público contra la sentencia de vista del treinta de abril de dos mil diecinueve (folio 305), emitida por la Sala Mixta Descentralizada e Itinerante de Camaná de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que declaró fundado el recurso de apelación interpuesto por Gerardo Edgar Parari Pilco y, en consecuencia, revocó la sentencia de primera instancia del diez de mayo de dos mil dieciocho (foja 228), donde se condenaba al aludido encausado como autor del delito de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales M. S. P. 74 2.2 Motivación insuficiente. 4. d) De la medición de la pena y fijación de la reparación civil cuando correspondiera. Otras veces, la falta de motivación puede ser una especie de autosabotaje que debes resolver para lograr el éxito. Itinerario del segundo juicio oral. En esa misma línea, el Tribunal Constitucional, en la sentencia recaída en el Expediente número 00728-2008 PHC/TC, fundamento jurídico sexto, sostuvo lo siguiente: El derecho a la debida motivación de las resoluciones importa que los jueces, al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión. 170. 1 respuesta. En tal sentido, se desprende del acápite anterior (“fundamento sexto”), que la Sala Penal Superior, en concreto, señala que existe prueba de descargo que acredita que la agraviada y el encausado fueron enamorados y, por tanto, las relaciones sexuales sostenidas fueron consentidas. Tu dirección de correo electrónico no será publicada. 244 y 254. El artículo 218.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (en adelante LEC), señala que «Las sentencias se motivarán expresando los razonamientos fácticos y jurídicos que conducen a la apreciación y valoración de las pruebas, así como a la aplicación e interpretación . 2.2. [7] Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente número 2488- HC/TC-Piura, del dieciocho de marzo de dos mil cuatro, Fundamento 9. IV. Por lo que la existencia de vínculos sentimentales no incide en la estructura típica del citado ilícito penal. La motivación de las resoluciones judiciales debe expresar de modo claro, entendible y suficiente las razones de un concreto pronunciamiento y en las cuales apoya su decisión. La casación interpuesta por la representante del Ministerio Público fue bien concedida por las causales contenidas en los numerales 2 y 4 del artículo 429 del Código Procesal Penal, debido a que en el presente caso seguido contra el encausado Gerardo Edgar Parari Pilco como autor del delito contra la libertad sexual-violación sexual de menor de edad, la instancia de mérito habría obviado valorar medios de prueba que acreditarían de forma periférica la versión de la víctima, sin mayor análisis; así mismo, ante su no declaración en el plenario, debió oralizarse la versión brindada por ésta en cámara Gessell durante la investigación preparatoria, a fin de que fuera sometida al contradictorio por las partes. resumen la motivación (suficiente y debida) de las resoluciones judiciales es un derecho de orden constitucional consagrado en el inciso 5 del artículo 139 de la constitución política (cp); la razón para ello es que si éstas no se motivaran serían resoluciones arbitrarias o caprichosas, y no responderían a un proceso lógico basado en los hechos y … El debido proceso implica que las decisiones judiciales estén justificadas externa e internamente; esto es, que lo que se decida como consecuencia del proceso esté sustentado en razones coherentes, objetivas y suficientes, explicitadas en la resolución. Instalada  la audiencia, esta se realizó mediante el aplicativo Google Hangouts Meet, con la presencia de las partes Una vez culminada, se produjo la deliberación de la causa en sesión secreta, en virtud de la cual, tras la votación respectiva, el estado de la causa es el de expedir sentencia, cuya lectura en audiencia privada, mediante el aplicativo tecnológico señalado, se efectuará con las partes que asistan —en concordancia con el artículo 431, numeral 4, del Código Procesal Penal—. Queda claro, entonces, que la motivación de las resoluciones judiciales: a) se aplica a todos los casos en que se deciden cuestiones de fondo, b) es un mandato dirigido a todos los jueces de las diversas instancias, c) implica la  obligatoriedad de fundamentar jurídica (fundamentos de derecho) y fácticamente (fundamentos de hecho) la decisión y d) la motivación de decisiones judiciales de fondo debe hacerse por escrito. Por  tanto,  el  órgano  judicial  determinó  corresponder  la valoración del caudal probatorio con el cual se contaba a fin de confirmar la hipótesis acusatoria del Ministerio Público. 4. La prueba de oficio, por otro lado, es excepcional de conformidad con el artículo 385, numeral 2 del Código Procesal Penal y artículo 194, primer párrafo del Código Procesal Civil, este último aplicable supletoriamente para segunda instancia acorde lo faculta la Primera Disposición Final del citado cuerpo normativo, al no existir previsión expresa de índole procesal penal para la instancia de mérito sobre el tema en ciernes; pudiendo así acudir a tal prerrogativa el Colegiado Superior siempre que sea indispensable para obtener la verdad material. Al respecto, tenemos que el Acuerdo Plenario número 4-2015/CIJ-116 establece reglas para la valoración de la prueba pericial en delitos de violación sexual y que, en su considerando decimoséptimo, señala: Las opiniones periciales no obligan al juez y pueden ser valoradas de acuerdo  a  la  sana  crítica;  sin  embargo  el  juez  no  puede  descalificar  el dictamen pericial desde el punto de vista científico, técnico, artístico ni modificar las conclusiones del mismo fundándose en sus conocimientos personales. Por el principio de aportación de las partes procesales, son estas las que fundamentalmente impulsan la actividad probatoria, ofreciendo los medios de prueba, participando activamente en su actuación, sometiendo a debate su significado probatorio, y derivando las conclusiones de su actuación, que consideren pertinentes. 7.1. Instalada la audiencia, las demás sesiones se realizaron con normalidad, llevándose a cabo la atinente a la de expedición y lectura de sentencia (foja 221). Décimo. Decide la Corte el recurso de casación interpuesto por la demandante Constructora Domus S.A.S., cesionaria de Alianza Fiduciaria S.A., quien actuó como vocera del fideicomiso Lote Mamonal, frente a la sentencia proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali el 10 de octubre de 2017, dentro el proceso ordinario . También está relacionada 2. TIPICIDAD: ¿QUÉ ES EL JUICIO DE COMPOSICIÓN O DESCOMPOSICIÓN TÍPICA? [2] VARGAS MELÉNDEZ, Rikell. ABUSO DE AUTORIDAD: ¿ES SUJETO ACTIVO EL FUNCIONARIO QUE HA SIDO ENCARGADO MEDIANTE MEMORÁNDUM? TIPICIDAD: ¿QUÉ ES EL JUICIO DE COMPOSICIÓN O DESCOMPOSICIÓN TÍPICA? Decimocuarto. Suscripción a la Biblioteca Jurídica. [4] FERRATER MORA, José: Diccionario de Filosofía. b) Valorarlo debidamente de suerte que evidencien su ligazón racional con las afirmaciones o negaciones que se incorporen al fallo". Además, que su hija le contó que el profesor era su enamorado. 120 de la Constitución Española por falta de motivación de la sentencia. No guarda relación con el Certificado Médico Legal N°  002952-LS,  practicado  a  la  menor  agraviada,  que  concluye:  Presenta signos de desfloración antigua, no presenta signos de acto contra natura. Agravios materia del recurso de casación. Artículo 606 (Causales del recurso) 1. II. En esa línea, en la valoración conjunta de los medios de prueba, en estricto, se ha de realizar un examen global o integral; es decir, la confrontación entre todos los resultados probatorios, para determinar su correlación, coherencia y convergencia respecto al objeto del proceso. Las sanciones impuestas carecen de la más mínima motivación susceptible de enervar la presunción de inocencia. Instituto Pacifico, 2019, p. 173. Recurso De Casacion Caso Nisman Sentencia Definitiva Ausencia Motivacion Suficiente Cuestiones De Competencia. Decimoséptimo. 1.2. 3.1. El motivo primero del recurso de casación interpuesto se formula al amparo del art. Casación: Falta o manifiesta ilogicidad de la motivación. La causal prevista en el numeral 4 del artículo 429 del Código Procesal Penal hace alusión a la falta de motivación en la sentencia, cuando el vicio resulte de su propio tenor. Como ya se expuso en una entrada anterior bajo el título "La motivación de las sentencias es un derecho fundamental", la falta de motivación de las resoluciones judiciales conduce a la arbitrariedad, y la ausencia de fundamentación supondría una resolución situada fuera del ordenamiento jurídico, por lo que el artículo 24 . Si no consta en el acto jurisdiccional la motivación sobre los supuestos de hecho o la cuestión de derecho, se configura el vicio de inmotivación o falta de fundamentos, cuya consecuencia es, se insiste, la obstaculización para la verificación del control de la legalidad del dispositivo de la sentencia. La motivación. El ocho de noviembre de dos mil diecisiete, se procedió a realizar la audiencia de expedición y lectura de sentencia de vista, según consta en autos (foja 174), mediante la cual por unanimidad, se declaró nula la sentencia de primera instancia, disponiéndose  la  realización  de  nuevo  juicio  oral  por  otro Colegiado. Por estos fundamentos, los señores jueces supremos miembros de la Sala Penal Permanente de Corte Suprema de Justicia de la República: I. DECLARARON FUNDADO el recurso de casación interpuesto por la representante del Ministerio Público contra la sentencia de vista del treinta de abril de dos mil diecinueve, emitida por la Sala Mixta Descentralizada e Itinerante de Camaná de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Itinerario del juicio oral en primera instancia. En tal sentido, este Tribunal Supremo establece que, en el presente caso, se contravino el principio jurisdiccional de la motivación de   las   resoluciones   judiciales,   pues   la   Sala   Superior   no   emitió   un razonamiento que funde su decisión, lo que evidencia una patente falta de motivación. La representante de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Satipo, mediante requerimiento acusatorio (foja 01) formuló acusación contra Nelson Óscar Lope Cahuana, como autor del delito contra la libertad sexual en su modalidad de violación sexual—contemplada en los incisos 5 y 6 del artículo 170 del Código Penal, concordado con el tipo base del artículo citado—, en agravio de la menor de identidad reservada K. L. M. H. (14 años de edad). El texto estudia aspectos claves de la motivación en donde toca temas Falta de motivación del acto administrativo. Mediante auto de citación de juicio oral, del nueve de julio de dos mil dieciocho (foja 23), se citó a las partes procesales a la audiencia de  juicio  oral. La inobservancia de normas legales de carácter procesal  implica  estar  ante  la  inejecución  (culpa  in omittendo), por parte del órgano judicial de instancia, de lo que la ley prevé y que, por su naturaleza, es de orden sustancial a la existencia del proceso penal, en forma tal que dicho acontecimiento afecta la base del juzgamiento y quebranta los intereses de la justicia o de las partes que en él intervienen. Notificada la resolución emitida por el Superior Tribunal, el fiscal superior de la Fiscalía Superior Mixta de Satipo interpuso recurso de casación (foja 182), el cual fue concedido mediante auto del dieciocho de febrero de dos mil diecinueve (foja 190). La menor agraviada tenía catorce años de edad, contando como padres biológicos al encausado Gerardo Edgar Parari Pilco y a la señora María Choque Colque, con quienes vivía en el inmueble ubicado en Villa El Mirador I, manzana E, lote 17, conjuntamente con su hermano Renzo Clever de doce años de edad. [2] Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente número 04298-2012- PA/TC del diecisiete de abril de dos mil trece, fundamento 12. la sala penal permanente ha indicado que, la falta de motivación alude a la ausencia absoluta del sustento racional que conduce al juzgador a tomar una decisión; esto es, cuando no exista justificación que fundamente la declaración de voluntad del juez en la resolución de un caso sometido a su competencia, lo cual debe ser evidente y surgir de su … El presente recurso de casación fue declarado procedente mediante resolución de fecha seis de setiembre de dos mil diecisiete, que corre en fojas sesenta y dos a . argumentos que llevaron a la adopción del acto " administrativo final. Tal acontecer se dio unas seis veces, siendo la última la semana anterior al treinta de agosto de dos mil dieciséis. Falta de motivación de la sentencia; La Falta De Motivación De Las Sentencias (Artículo 218.2 De La LEC). De acuerdo a la sentencia del diez de mayo de dos mil dieciocho (foja 228), se aprecia que el Colegiado desplegó análisis de los medios probatorios de cargo y de descargo;  argumentándose  en  relación  a  la  no  declaración  de  la menor agraviada en juicio, que ésta ejerció su derecho a “abstenerse a declarar” y que de acuerdo a la psicóloga Nelly Redon Pinto, la razón por la cual se abstuvo, radica en no querer recordar los hechos, considerando –la aludida agraviada– que su padre –el encausado– “ya había pagado”. Así, la casación interpuesta por el Ministerio Público es amparable. IV. Defectuosa motivación. La suficiencia de la misma —analizada desde el caso concreto, no apriorísticamente— requerirá que el razonamiento que contenga, constituya  lógica  y  jurídicamente,  suficiente explicación,  que permita conocer, aun de manera implícita, los criterios fácticos y jurídicos esenciales fundamentadores de la decisión [sic]. c. En el presente caso, la sentencia de vista reprodujo los errores e insuficiencias en la motivación de la decisión absolutoria, pues no realizó una adecuada contrastación de los requisitos del Acuerdo Plenario número 2- 2005/CJ-116, sobre valoración del testimonio de la víctima, en este caso, menor de edad. En ese sentido, mediante la sana crítica racional, el juez debe determinar la credibilidad y el grado de eficacia probatoria de los medios de prueba, en particular las declaraciones testimoniales. A la motivación incompleta o insuficiente, que comprende la falta de examen respecto: a) De  aspectos centrales o trascendentales del  objeto del debate, puntos relevantes objeto de acusación y defensa, esto es, pretensiones en sentido propio y no meras alegaciones que apoyen una pretensión. Itinerario del proceso en la etapa intermedia. Luego, debe proceder a evaluarlos integralmente. y además solicita se aclare si la nulidad constitucional por falta de motivación debe sustentarse únicamente en la normativa constitucional, o debe estar basada además en normativa legal. SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 126379 del 06-10-2022. Causa Nº 85305-2020, (Civil) Casación Fondo, Corte Suprema - sala Tercera Constitucional, 26-04-2021. Vigésimo. Lima, veintidós de abril de dos mil veintiuno. A aquellas sentencias que dan lugar a una imposibilidad de subsanación por inexistencia de la premisa mayor. Por estos fundamentos, los señores jueces supremos miembros de la Sala Penal Permanente de Corte Suprema de Justicia de la República: I. DECLARARON FUNDADO el recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público contra la sentencia de vista, del treinta y uno de enero de dos mil diecinueve, emitida por la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Satipo de la Corte Superior de Justicia de la Selva Central, que confirmó la sentencia de primera instancia, del nueve de noviembre del dos mil dieciocho, que absolvió a Nelson Óscar Lope Cahuana, por el presunto delito contra la libertad sexual, en la modalidad de violación sexual, en agravio de menor con identidad reservada. Artículo 39.- Consecuencias del recurso de casación declarado fundado. Desde el punto de vista de la filosofía, el vocablo verdad se usa primariamente en dos sentidos: para referirse a una proposición y para aludir una realidad. El . Tribunal Constitucional: se declara la violación de los requisitos del test de la debida motivación en vista de que no se responden los medios de casación que invocó la parte recurrente, ni constan las razones por las cuales, en el caso concreto, se aplica el referido criterio de inadmisibilidad (TC/0009/13; TC/0017/13). Es sabido que la motivación de los actos administrativos no es un capricho jurídico, ni cuestión de cortesía, sino garantía para desterrar la sospecha de arbitrariedad y además permitir al afectado decidir con conocimiento de causa, si embarcarse en un proceso contencioso-administrativo. El Ad Quem inobservó el contenido del numeral 2 del artículo 385 del Código Procesal Penal, debido a no haber considerado que el Juez, excepcionalmente, una vez culminada la recepción de las pruebas, puede disponer de oficio o a pedido de parte, la actuación de nuevos medios probatorios si en el curso del debate resultasen indispensables o manifiestamente útiles para esclarecer la verdad. b. Añadió que la Pericia Psicológica número 002958-2017-PSC, practicada a la menor agraviada, concluye reacción ansiosa compatible con experiencia negativa de tipo sexual; sin embargo, ello no guarda correspondencia con los resultados del Certificado  Médico-Legal  número  002952-LS,  que  concluyó:  “La  menor presenta signos de desfloración antigua, presenta signos de actos contra natura y no presenta lesiones traumáticas recientes”, cuya diligencia se realizó dos días después de ocurridos los hechos; por lo que se descarta el ejercicio de violencia en contra de la menor. El Peruano CASACIÓN Miércoles 30 de noviembre de 2022 1359 motivación o motivación indebida de la sentencia o auto de vista, cuando la resolución que se haya expedido adolezca de los defectos siguientes: 1. Instalada la audiencia, las demás sesiones se realizaron con normalidad, arribando a la audiencia de lectura de sentencia, el seis de junio de dos mil diecisiete, conforme consta en la respectiva acta (foja 72). El profesor le ayudaba a cargar su mochila, venían caminando por el camino por el cruce de su casa, su persona hizo como dirigirse a su casa. CONVERSIÓN DE LA PENA: FUNDAMENTO PARA CONVERTIR 4 AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD A JORNADAS DE SERVICIO COMUNITARIAS. Se trata de un criterio metodológico racional y progresivo de evaluación de todos los medios de prueba, considerados como un todo, para establecer los hechos objeto de la imputación, tal como fueron postulados y fijados. estando a ello, existen: a) la falta de motivación y, b) la defectuosa motivación, dentro de esta última la motivación aparente, la insufi ciente y la defectuosa en sentido estricto. 3.1. Debió apreciarse que en primera instancia ya se había condenado anteriormente al recurrido, pero se declaró la nulidad de la sentencia debido a que durante el juicio oral no se preguntó a la menor si deseaba abstenerse a declarar; es así como  ante  el  nuevo  juicio  correspondía  incorporar  como prueba documental la manifestación de la agraviada brindada en cámara Gesell, al negarse ésta a declarar nuevamente; y así evitar su revictimización. 6) Si la víctima tiene entre 14 y menos de 18 años de edad. resumen el presente trabajo revisa la posibilidad de impugnar las sentencias definitivas dictadas en segunda instancia en los procedimientos de reclamación tributaria por falta de motivación, a través del recurso de casación en el fondo, proponiéndolo como mecanismo apto para esos efectos en un sistema de valoración probatoria de sana crítica, … A continuación transcribimos dos párrafos en los que la SCJ explica el porqué la falta de motivación es un hecho hace pasible de ser casada una sentencia. De ahí se fue a su casa y no le contó a nadie de lo sucedido […]. 1 F. Schockweiler, \xE2".A veces, la ley solo castiga la falta total de motivación, y en otros casos también . ORDENARON el desarrollo de nueva audiencia de apelación por otro Colegiado Penal Superior, quien tendrá a su cargo emitir decisión en alzada. En la casación a favor del fiscal superior de la Fiscalía Superior Mixta de Satipo, vinculada a la causal por la que fue declarado bien concedido, el agravio es el siguiente: La Sala Superior, en la sentencia recurrida, vulneró la garantía constitucional de la debida motivación prevista en el inciso 5 del artículo 139 de la Constitución Política, pues el Colegiado no valoró de forma adecuada el Protocolo de Pericia Psicológica número 002958-2017-PSC, practicado a la menor agraviada, que concluyó “reacción ansiosa compatible a experiencia negativa de tipo sexual”. Aunado a ello, se valoró también la declaración del perito psicólogo Robert Rivero Enríquez, quien concluyó que la agraviada al narrarle los hechos, denotaba rasgos marcados de angustia, ansiedad, tristeza, tensión emocional, entre otros, denotando constituir secuelas presentadas por la menor “(…) propias de víctimas de abuso sexual”. motivación de los tribunales. En esa consideración, no se deprende que esta declaración haya sido prestada de favor o con el animus de favorecer al imputado, en mayor medida, que la menor mantuvo su declaración en juicio oral. CASARON la sentencia de vista del treinta de abril de dos mil diecinueve, emitida por la Sala Mixta Descentralizada e Itinerante de Camaná de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que declaró fundado el recurso de apelación interpuesto por Gerardo Edgar Parari Pilco y, en consecuencia, revocaron la sentencia de primera instancia del diez de mayo de dos mil dieciocho, donde se condenaba al aludido encausado como autor del delito de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales M. S. P. Motivación centrada en el ego 9. Motivación intrínseca 3. Luego la tapó con la frasada y procedió a bajarle y quitarle el pantalón así como la trusa, mientras decía “mira así es”. Persistencia en la incriminación. 5.1 Ausencia de motivación El derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales es una garantía procesal frente a una probable arbitrariedad de las instancias de mérito, que garantiza que las resoluciones estén justificadas en datos objetivos que proporcionan el ordenamiento jurídico —procesal o sustantivo— o los que se deriven del caso concreto. 73 2.1 Motivación aparente. 1.1. 4,399 Reporte sobre la Magistratura en el Mundo (Reserva de Derechos: 04 -2011 102610220300 102) OEA (CIDH): • CIDH presenta informe sobre la situación de los derechos humanos en Haití. La declaración testimonial de Romula Huayra Castillo, madre la agraviada, en audiencia de juicio oral de fecha 19 de setiembre del 2018. Decimocuarto. La Motivación de las Resoluciones Judiciales . La ilogicidad de la motivación, conforme a su fuente italiana, está residenciada en vicios ilógicos en la fundamentación del gallo, que lo hacen irrazonable. El derecho a la debida motivación de las resoluciones implica que los órganos judiciales expresen las Nuestra Terapia Psicológica Online ¿En qué consiste la falta de motivación? d.2. La chica, la agraviada, le abrazaba y caminaban agarrados de la mano. Se ha interpretado erróneamente el artículo 24° del Los campos obligatorios están marcados con *. II. 1692.3º de la Ley de Enjuiciamiento Civil y denuncia infracción de los arts.359 y 372 de la propia Ley y del art. b. Contra dicha decisión, el fiscal provincial de la Fiscalía Provincial de Satipo interpuso recurso de apelación, pedido que se concedió por Resolución número 07, del ocho de enero de dos mil diecinueve (foja 148), disponiéndose la alzada a la Sala Penal, Tercero. Así mismo, la menor refirió sentirse mal, quería llorar, añadiendo que a veces el encausado le daba cinco soles. Tomado de: https://dle.rae.es/verdad 71 2. #SalaTributaria | Dr. José Suing (ponente), Dr. Gustavo Durango y Dra. En este sentido, mediante auto de calificación del veintidós de julio de dos mil veinte (foja 35 del cuadernillo formado ante este Supremo Tribunal), la citada Sala Suprema declaró bien concedido el recurso interpuesto por el fiscal superior de la Fiscalía Superior Mixta de Satipo. RECURSO QUEJA N.° 926-2022, JUNÍN. Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Al momento de tener relaciones sexuales, no le vio preocupada, no le vio llorar y no estaba nada asustada. c. La prueba de oficio es excepcional, de conformidad con el artículo 385, numeral 2, del Código Procesal Penal y artículo 194, primer párrafo del Código Procesal Civil, este último aplicable supletoriamente para segunda instancia tal y como faculta la Primera Disposición Final del citado cuerpo normativo, al no existir previsión expresa de índole procesal penal para la instancia de mérito sobre el tema en  ciernes;  pudiendo  así  acudir  a  tal  prerrogativa  el Colegiado Superior, siempre que sea indispensable para obtener la verdad material. Carezca de fundamentación jurídica. Asimismo, se señaló fecha para calificación del recurso de casación, mediante decreto del nueve de julio de dos mil veinte (foja 34 del cuadernillo formado en este Supremo Tribunal). La Sala Penal Permanente ha señalado que el derecho a la debida motivación de . Vigesimoquinto. y jurisprudencia de las salas de casación de la extinta Corte Suprema de Justicia —hoy Corte Nacional de Justicia— y de los recursos conten-cioso electorales resueltos por el Tribunal Contencioso Electoral, en el marco del proceso electoral 2009.

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